Vivo en la ultima planta y he instalado un A.A. en la cubierta no visitable del edificio, en esta misma cubierta esta instalada la antena parabolica de la comunidad, ademas de la salida de conductos de ventilacion de la comunidad.
Existen numerosos aparatos de A.A. colgando de la fachada principal del edificio y ninguno de ellos tiene la autorizacion de la comunidad de propietarios.
En mi caso la comunidad me ha negado la instalacion aduciendo que es una zona comun.
El titulo de propiedad horizontal del edificio, esta formado por las viviendas y locales comerciales. No hay ningun propietario de vivienda que ha instalado el A.A. en la cubierta (prefieren romper las estetica del edificio y provocar riesgos de caida de las instalaciones de A.A. sobre las personas que transitan las zonas de acceso), en cambio si lo han hecho los propietarios de los locales sobre la cubierta de su local.
Los estatutos de la comunidad no contemplan nada en relacion a la instalacion de aparatos de A.A.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Puede la Com. de Prop. obligarme a quitar la instalacion de A.A. si ningun propietario con instalacion de A.A. tiene autorizacion de la Com. de Prop., siendo ademas la mia la unica que no rompe la estetica ni puede provocar daños a otras personas ?
si, aunque usted tambien puede solicitar del Presidente de la comunidad, que igual que le obligan a usted por estar en zona comun, el resto de los vecinos tambien lo tienen que retirar de la fachada, pues estan modificando la estetica, y seguramente hayan perjudicado la fachada haciendo taladros, par poner los tornillos.
Usted, contestele al Presidente que no se niega a la retirada del aire acondicionado que ha instalado, pero lo hara cuando el resto de los vecinos haga lo propio, mandeselo por burofax y ademas solicite que se debata este punto en la Proxima Junta de Propietarios
"Aparatos de aire acondicionado. Aprobación si procede de su intalación tanto en fachada como en terraza" REcuerdele al Presidente de la comunidad el articulo 396 del Codigo CIvil.
Para colocar el aire acondicionado en fachada se necesita licencia municipal, se ve que le hacen la vida imposible dese una vuelta por el Ayuntamiento y haga la denuncia pertinente.
El ayuntamiento mandará a un técnico para hacer la comprobación oportuna.
Estoy de acuerdo con lo anterior,,no pueden alegar que impiden la instalacion en la cubierta por ser zona comun,cuando hay instalacciones en la fachada que tambien es zona común,,bien sea la fachada posterior o la principal,,o los propios balcones de la casa,,todo ello es zona comúnitaria,y no existen unas zonas "mas comunes que otras" ,así que impedirselo a usted seria agravio comparativo.
mi caso es algo así... El técnico me ha dicho que es imposible instalarlo en la terraza (porque de construcción está cerrada) y que no tiene ventilación suficiente. Los vecinos han decidido que se instale allí. Sin embargo en la cubierta hay sitio para colocarlos. Además hay vecinos, de los áticos, que han cerrado las terrazas sin pedir permiso. Eso afecta a la fachada sensiblemente, pues se ve desde la calle. Sin embargo una posible instalación del aire en la cubierta no se vería. ¿Podría instalarse sin tener ningún problema con la comunidad?