Hola a todos.
He leído algunos mensajes sobre esta polémica, que por lo que veo trae cola, pero quisiera exponeros mi caso.
Hace dos años cuando compré el piso este ya tenía instalados los aparatos de a.a. en la fachada, el año pasado la comunidad decidió la reparación y restauración de las fachadas, por este motivo el presidente me pidió que retirara mis aparatos, y así lo hice. Ahora que las obras han terminado he colocado nuevos aparatos, y el presidente me dice que no puedo colocarlos en la fachada que se va a convocar una reunión para ver donde se instalan, probablemente en los balcones para que no afecte a la estética. ¡Que faena! yo no tengo, el piso tenía la terraza cerrada y anexionada al salón, si se aprueba la instalación en los balcones ¿pueden obligarme a quitarlos?, no me parece justo.
Entiendo que cuando Beatriz retiró los aparatos de A/A no pensó en que después no podría ponerlos y por ello no lo requirió por escrito al presidente.
Entiendo que eso se lo debe hacer presente al presidente y dada su circunstancia de no tener balcón por estar anexionado al salón, cosa que cuando lo compró ya estaba hecha la obra, debería anterder su demanda. Creo que con buenas palabras se puede llegar a un entendimiento. Hay que tener presente que anteriormente también alteraría la estética y nadie diría nada.
De todas formas si la junta decide que no, lo tiene usted mal.
Yo en cualquier caso, si ya esta pintada la fachada, los volveria a colocar.
Despues ya se vera, lo que se apruebe en Junta.
¿Tiene alguna forma de demostrar, que esos equipos, ya estaban colocados cuando usted compro la vivienda?.
¿Quien los desmonto, usted o un tecnico?.