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¿ Ahora modelo 110 en vez del 130 del IRPF ?

2 Comentarios
 
30/01/2013 23:03
Mencis, el modelo 130 sigue existiendo.
Y, por supuesto, no tienes que hacer el 110, que no tiene nada que ver, salvo que hayas practicado retención a algún proveedor o tengas empleados.
Yo entiendo que lo que debes hacer es anular el modelo 110, no hacer el modelo 190, y hacer un 130. El problema es que ya estás fuera de plazo, y puedes tener alguna sanción por ello.
30/01/2013 23:02
hola Mencis,

Te voy a contestar con mucha cautela, ya que no domino el fiscal, yo sigo haciendo las declaraciones trimestrales con el 130, el 190 si no me equivoco es el resumen anual del rendimiento de bienes inmuebles, trimestralmente, el 115.

espera a ver si algún compañero puede confirmarlo o no.

Un saludo,
¿ ahora modelo 110 en vez del 130 del irpf ?
30/01/2013 20:36
Llevo ya tiempo que trimestralmente cumplimento el modelo 130 de IRPF, por una actividad profesional, pero ... me he dado cuenta de que ese modelo no existe ya para este último trimestre, y he optado por emplear el 110, que es prácticamente lo mismo. (No sé si en Hacienda pensarán lo mismo).

Pero me ha surgido un problema, o al menos una duda, y es que yo con ese 130 no rellenaba declaraciones informativas anuales, y sin embargo, veo que este modelo 110 lleva aparejada una declaración informativa anual, el 190, y me he dado cuenta ahora, a pocas horas de que cumpla el plazo de presentación por internet de este modelo 190.

¿ Saben ustedes si actualmente para actividades profesionales existe obligación de presentar el modelo trimestral 110, en vez del 130, y si el modelo anual 190 solamente es obligatorio para el caso de haber hecho retenciones ?

Gracias, y un saludo.