Buenos días, mi consulta se refiere a conducciones de aguas residuales. Vivo en una casa unifamiliar y mis conducciones de aguas residuales pasan por debajo de la parcela de mi vecino. Mi casa es más antigua que la suya.
La casa de mi vecino está cerrada desde hace más de 25 años, pero en la actualidad está pensando en tirarla y construir de nuevo. Creo que las conducciones podrían cambiarse dentro de mi parcela, pero hay que levantar un paseo de entrada y la acera en la calle para poder alcanzar el alcantarillado del ayuntamiento.¿Quién tiene la obligación de hacer los trámites y correr con los gastos?. ¿Que derechos adquiridos tengo?, en el caso de que no llegáramos a ningún acuerdo ¿puedo paralizar las obras antes de que proceda a la demolición?.
Muchas gracias
La servidumbre (en este caso, de aguas residuales) tiene como idea central la falta de alternativa para quien la pide, es decir, que no tiene más remedio que exigirle al vecino las vistas, las aguas, el paso o el muro. En el caso que usted plantea, de lo que se trata es de hacer una nueva infraestructura y correr con los gastos propios, que es justamente la razón por la que cualquier servidumbre se desvanece. No tiene usted más derechos que los que estén inscritos en el Registro de la Propiedad, y no ha adquirido en ningún caso el derecho a reclamarle al vecino que le financie una infraestructura racional de evacuación. Por lo tanto, ha de pagar usted la conexión sin contrapartida.