Solo te he dicho que considero que no es tiempo suficiente para instar esa acción. Es decir, he contestado a tu pregunta como buenamente he podido, con mis limitados conocimientos.
La jurisprudencia es precavida con estas acciones por esta causa, que se basan en incumplimientos GRAVES Y CULPABLES del empresario y prima sobre todo la permanencia del empleo.
Aunque desde luego la ocasión la pintan calva, con esa edad, y supongo que una buena antigüedad….
Por supuesto que que tiene que presentar la demande de conciliación previa, a lo que me referia es a continuar trabajando para alguien que no te paga.
Y que dado que la edad que tiene es proxima a la jubilación perderse la indemnización (posible) y vivir tranquilo cobrando todos los meses el desempleo hasta los 65
Si no tuviera esta opción la tendría algo más claro. Es que hay que vivir durante mucho tiempo sin ingresar dinero en casa y no todo el mundo puede hacerlo.
Hola necesito consejo para un cliente. Tiene más de 63 años y medio casi 64 lleva dos meses sin cobrar.
Considerais que es tiempo suficiente para extinguir el contrato?
Es que ese es el consejo que doy que extinga el contrato cobre la indemnización de 45 dias por año y se este en el desempleo hasta la jubilación.
Estoy actuando correctamente?
Gracias