Si no paga podría serle denegada la suspensión condicional de la pena, con lo que debería cumplir la prisión.
Huerfano no da ni una, porque la responsabilidad civil no puede ser sustituida por prisión (se sustituye la multa por prisión, un dia de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas). Además, el arresto domiciliario no existe en nuestro ordenamiento en la actualidad; existe algo similar, que es la localización permanente, pero que en ningún caso puede sustituir la prisión (ni la multa).
Beatrizeres, la responsabilidad civil, sino recuerdo mal, prescribe a los 15 años, y es posible que ese plazo se pueda ir interrumpiendo (otro más ducho en civil se lo diría con seguridad).
Muchas gracias por sus respuestas. Ahora bien, sigo teniendo una duda: esa persona no paga porque es insolvente en la actualidad pero, supongamos, mañana encuentra un trabajo y percibe un salario. ¿No tendría que pagar esa indemnización a la que fue condenado en su día? (Entre paréntesis, me hierve la sangre que estos matones se vayan de rositas mientras la víctima tendrá secuelas de la agresión toda la vida)
quizas le impondran la condena subsidiaria que es 1 dia de condena de prision por cada cuota economica no satisfecha,peeeero si el recurre la sentencia es posible que ni siquiera pague un centimo y le hagan cumplir la condena de : dias de trabajo para la comunidad o arresto domiciliario.
Buenos días, quisiera exponer una duda.
El agresor que provocó serios daños corporales a un pariente mío se declarará INSOLVENTE en el juicio. El fiscal pide para él cárcel (9 meses) e indemnización (en una cuantía considerable). Es posible que, al declararse insolvente, eluda esta parte de la pena impuesta? Agradezco me aclaren esta duda.