Debido a la pandemia toda la empresa empezamos a trabajar en remoto. Gran parte del equipo técnico y mandos intermedios se trasladaron a ciudades más baratas con autorización de la dirección. Ahora el director pide al equipo directivo ir a la oficina (ninguno desplazado) al menos 1-2 días a semana (el resto de la gente no se desplaza).Además han trasladado la oficina dentro de la misma ciudad, 20 kmtros más lejos desde mi casa. Me siento agraviado por tener que ir a la oficina varios días a la semana y además tener emplear más tiempo y dinero en gasolina. Siento que unos han ganado con la pandemia y otros hemos perdido. Legalmente tendria base para reclamar?
Buenas la empresa, amparándose en su facultad de dirección y organización del trabajo, puede modificar la operativa o la ejecución del mismo, siempre dentro de ciertos límites, por ejemplo cuando una MSCT (Modificación sustancial de las condiciones de trabajo) debe seguir un procedimiento y al trabajador le asisten también unos derechos. La cuestión práctica aquí, es que el cambio a teletrabajar, en vez de acudir a la oficina, aparte de por la viabilidad, ha sido por una circunstancia coyuntural la pandemia, por tanto, una vez recuperada la normalidad, relativamente, la empresa está en su derecho de restituir o retrotraer a los trabajadores a su original forma de trabajo, que era en la oficina. El teletrabajo se desarrolla dentro del pacto o acuerdo entre empresa y trabajadores y establece o debe, un plazo de preaviso en el que cualquiera de las partes solicita la vuelta a la modalidad presencial. No es un derecho como tal del trabajador, puesto que la empresa, en este caso lo ha realizado por una circunstancia temporal, de forma voluntaria, no está obligada, sin embargo sí puede obligar al trabajador a volver a la modalidad presencial. Se me viene a la cabeza el tema de la solicitud de la adaptación de jornada, para solicitar la modalidad de teletrabajo, pero en este caso se requiere acreditar la causa por la que lo solicita, que sería la conciliación de la vida familiar y laboral. Un saludo.
Por otra parte tras lo expuesto por batboy decir que el teletrabajo es de carácter voluntario para las empresas, es decir puede imponerlo o no, a su vez puede exigir que todos o algún trabajador vuelvan a ser presenciales por lo que en su caso esto no sería ninguna discriminación, en cuanto al km si lo percibía antes de la pandemia que motivó que los trabajadores hiciesen teletrabajo, si or contra antes no lo percibía pues ahora tampoco.
smo
Buenos días.
He sufrido un despido en mi empresa estando de baja, el motivo del despido ha sido el de acusarme de robar, sin estar en la empresa, por estar de baja, sin pruebas.
A otros dos trabajadores de la empresa les descubrieron robando, concretamente cobre, les encontraron restos del producto en la furgoneta de la empresa y el dinero de la venta en su poder.
A estos dos se les sancionó con una semana y dos de empleo y sueldo respectivamente.
Mi pregunta es si podría denunciar por agravio comparativo a la empresa y que consecuencias podría tener.
Muchas gracias.
Y qué? Llevaría usted a sus compañeros como testigos? Querrían ellos acudir? por otra parte, si presenta estos testigos sancionados por robar estaría usted reconociendo que tb robo usted a la empresa.
Por último, la empresa puede mentir en la carta de despido, pueden poner lo que les dé la real gana, como luego es indemostrable pues reconocen la improcedencia del despido e indemnizan y listo.