Se da la circunstancia que en el Ayuntamiento de Sevilla, se ha cerrado el equipo Quirurgico, y el personal sanitario que trabajaba alli y que hacia guardias sus retribuciones eran algo superiores a las del personal sanitario que estaban en otras dependencias o servicios por por ejemplo las unidades de promoción de salud, al cerrar el Equipo Quirugico y ya que no tienen ahora la necesidad de realizar guardias el acuerdo al que han llegado para no perder nivel adquisitivo, es compensarlo con un complemento personal donde pagan la parte proporcional restante equivalente al dinero que recibian por hacer las guardias, pues bien este personal viene ahora a estar ubicado donde estamos los restantes trabajadores sanitarios y con la misma categoria y trabajo que el nuestro reciben ese complemento personal que puede suponer en el peor de los casos unas 50.000 pesetas mas que otro trabajador con la misma categoria profesional en el mismo puesto de trabajo, con el mismo horario y desarrollando las mismas ffunciones, ¿es esto un agravio comparativo? ¿se puede hacer algo para equiparar los sueldos?