buenos DÍAS AMIGOS . Os expongo brevemente mi problema . Solicité una IPT y me la denegaron , efectué la RP y tbn fue denegada , siempre por la misma razón , por no alcanzar las lesiones el grado suficiente .................. etc . Mis lesiones son de tipo sensorial visual y derivan de enfermedad común .
Estoy representado por un abogado otorgado por la justicia gratuita . Cuando presentamos la demanda yo presentaba una agudeza visual de 0 en un ojo y de 0 . 4 en el otro . A los 2 meses y debido a la miopía magna que me aqueja , unido a la afectación macular y la atrofia corio retiniana , perdí vista y en mis visitas de febrero y de mayo mi agudeza visual ha disminuido a 0 y 0.15 . Me han comentado que mis lesiones son ya casi constitutivas de una IPA , pero como en su día presentamos una por IPT por enfermedad común , no se si esto ahora tiene arreglo . Se lo consulté al abogado y me dijo que era muy arriesgado , que asegure la IPT y que no haga nada más ya que los juzgados de lo social se han puesto muy severos últimamente . Si alguno de ustedes conoce algún caso parecido les rogaría me aconsejasen . Muchas gracias .
Los jueces, normalmente suelen emplear la escala de WECKER como base para la sentencia de im
incapacidades por visión. Según la tabla con 0.4 y 0.0 te correspondería, justo una absoluta, pero si tu abogado consigue que te admitan el nuevo informe te la consideran seguro y no tiene que ser malo pedirla en el mismo juicio o incluso pedir revisión por agravamiento en la SS. Un saludo
¿¿ puedo solicitar revisión por agravamiento sabiendo que en junio del año que viene tengo el juicio ?? Ahora , estoy de alta ya que el médico del ICAM me dio el alta con propuesta de invalidez , pero a la semana de presentar dicha propuesta ya la habían denegado . No se que hacer , ya que no se como proceder , y lo peor es que cada día que pasa veo menos .
No se en que trahajaras, pero con la visión que pones que tienes: 0 en un ojo y 0,15 en el otro, no veras prácticamente nada. Yo con una visión superior a la que pones tengo una absoluta. Me la concedieron en un juicio, pero el EVI me dio primero la Total, trabajaba en la construccion como Jefe de Obra. Puedes pedir la revisión; es seguro que la total te la van a conceder antes de ir al juicio. Un saludo
Yo pensaba que para solicitar una revisión de este tipo , ya tenías que tener concecida una incapacidad . Yo no tengo nada hasta el momento . ¿¿ se puede hacer ?? ¿¿ cómo ???
Es que he leido en este foro que deben transcurrir 2 años antes de volver a pedir que inicien otro expediente de incapacidad , y yo llevo un año justo . Pero , estoy casi seguro que si espero otro año , estaré ya casi ciego .
Te vuelvo a decir, que depende en que trabajes, pues con tu vision tu medico de familia te deberia dar la baja laboral. Estando de baja en el centro de la SS de donde residadas solicita la incapacidad por agravamiento, rellenando los impresos correspondientes. Habrá un funcionario/a, que te ayudarán hacerlo, no tienes por que esperar dos años, de todos modos el no ya lo tienes, si verdaderamente no ves practicamente nada, no pierdes nada, otra cosa es que si veas y en el EVI tomen nota de tu expediente. Un saludo
Ya se lo comenté en su día a mi dra de cabecera , pero me dijo algo así como que ella no podía volver a darme la baja por la misma patología . No obstante se lo volveré a comentar la semana que viene ya que tengo cita con ella . Le diré lo que me pasa y la adjuntaré copia de mis informes de febrero y de mayo donde constan los agravamientos de mis dolencias . Gracias de nuevo arsesa . Cada día que pasa estoy más confundido y dubitativo con la forma correcta con la que debo actuar .
En cuanto a lo de mi profesión , era la de MONTADOR , grandes estructuras , montajes industriales , en el sector del metal . En lo referente a lo de la baja , he hablado con la doctora y dice que lo consultará , ya que ve difícil dar la baja por la misma contingencia que la última vez . No entiendo cuando dices "" si verdaderamente no ves "" , y más si como dices arrriba tú tbn estás afectado por un problema similar . Si no se ve bien , no se ve bien ......................... es decir no se puede ver mal hoy y mejor mañana . Toda la vida soldando , cortando con soplete , radiales , etc al final me han pasado factura . Tener que depender de alguien , ya que según que cosas ya no puedo hacerlas . Y en la casa tener que adecuar todo a mi visión , bombillas de 150 W , mi ordenador tener que cambiarlo por otro con pantalla de 26 pulgadas , los zoom , los teclados , el volver a arrastrar la mano cuando se te cae algo......................... Por eso lo de ""verdaderamente " me ha confundido ya que no se qué quieres decir con ese adverbio .
Hay mucha gente, sobre todo en nuestro gremio, que están hechandolé mucha cara a lo de las incapacidades, por que no tienen trabajo, (no quiero decir que sea tu caso, ni el de otros muchos), te pido disculpas si te has sentido ofendido. Entiendo los problemas que tienes, con la vida diaria, pues yo estoy mas o menos igual. Trabajando en montaje sobes de sobra cual era el tipo de trabajo que tenia, ya que soy Ingeniero Industrial, dirigiendo proyectos de construcción. La medico de cabecera con el informe del especialista sino te da la baja, deberia mandarte a inspección medica y que ellos decidieran si te envián al EVI o no. Detodos modos tu puedes solicitarlo directamente en la SS. Un saludo
Ahoa ya te comprendo mejor . Disculpa mi ignorancia , pero es que mi vida ha cambiado totalmente , un giro de 360 grados . Voy a intentar pedir una revisión mediante la doctora de cabecera . Gracias de nuevo arsesa . Un saludo .
Te deseo suerte, dentro de la desgracia que padecemos, insiste en el organismo que proceda, que con esas dolencias, te concederán por lo menos la total, y posiblemente la absoluta, alega que tu no puedes ni subir a un andamio, ni a una cesta elevadora, por problemas de caídas en altura, la mutua debería darte una ficha con las limitaciones que tienes en tu trabajo, y adjuntarla a la solicitud de la incapacidad. Un saludo y buena suerte.
Si has estado de baja antes de 6 meses por esa enfermedad y has tenido un empeoramiento de lesiones y tienes informes de la s.social debes ir a la inspeccion de trabajo , para que te vean por agravamiento de lesiones, estos valoraran si te dan de baja medica, hasta la fecha del juicio.Por eso la doctora de cabezera no puede darte la baja medica, pero la inspeccion si aportas informes si.
Muchas gracias a los dos , arses y buffy . Voy a emplear la mañana de hoy para ver donde se encuentra la inspección de trabajo de mi ciudad y a informarme . En caso de que me lo aclaren , mejor , y si no consultaré con mi dra de cabecera el martes 13 que tengo visita . Aunque me durje otro dilema , actualmente estoy percibiendo el subsidio por desempleo , me dieron en febero 18 meses , de 426 euros mensuales , si cojo la baja me han dicho que percibiré lo mismo , 426 . ¿¿ qué es mejor seguir con el subsidio hasta el juicio , o bien coger la baja hasta dicho día ??? Y si gano el juicio y me tienen que pagar con carácter retroactivo , ¿¿ me obligarán a devolver , o me descontarán este dinero que estoy percibiendo ????
Mejor estar de baja en la fecha de juicio.
Si ganas el juicio , te tienen que pagar desde la fecha que hicistes la reclamacion...imagina que reclamastes el 1 de julio y el juicio sale el 1 de Febrero del 2014, la s.social te tendria que pagar si ganas desde el 1 de julio.........pero como tu siguiras cobrando del ,INEM los 426 €, estos los tendras que devolver hasta la fecha que cobres la primera paga de pensionista imagina que sea el 1 de abril de 2014....pues hasta entonces todo ese dinero hay que devolverlo y se suma o resta a lo que te tienen que dar de retroactivo...si tequedase una paga de 826 p ej... te tendrian que dar desde el 1 de julio hasta el 1 de abril del año 2014, 9 meses x 826 € =7434 esto como retroactivo....pero te tienen que descontar los 426€ que cobras del SEPE desde el 1 de JULIO del 2013 hasta el 1 de abril del 2014, ya que esto te lo paga la S.social, seria9 meses x 426 =3834, esto lo tienes que devolver, pero no lo devuelves tu en cash, te lo descuentan de los 7434 que en este caso te daria el INSS, entre ellos se " apañan" por lo que te harian un ingreso de 7434-3834= 3600€ y apartir de hay la pension mensual normal,.....espero que con este ejemplo no te haya liado mas,
Muy amable buffy , pero no veo la diferencia , soy muy burro para estas cosas , ¿¿ me lo puedes explicar mas sencillo ?? La fecha de la demanda fue en enero de 2013 y el juicio es en junio de 2014 . Gracias .
Lo intentare... tu pusistes la demanda en Enero 2013 si ganas en Junio de 2014 , te tendria que pagar con fecha retroactiva de Enero de 2013,....hasta aqui facil, pero todo lo que te haya pagado en ayudas el SEPE durante ese tiempo lo tienes que devolver, por que solo se puede cobrar una cosa o SEPE o de la S:SOCIAL.... a partir de aqui si el SEPE te ha dado 3000 P ej, y el INSS te tiene que dar 7000 de atrasos, solo percibiras 4000, ya que te restan los 3000 que te han dado el SEPE...espero lo entiendas ahora...
¿¿ y estando de baja ?? Percibiría la misma cantidad , la cual me sería descontada después ¿¿ no , buffy ?? Por lo cual no cambia mucho la cosa al estar de baja . ¿¿ no ??