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Agosto inhabil

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
perfil JMP
28/07/2006 16:02
Martes 5 de septiembre, o el 6 antes de las 15:00 en virtud delart. 135 LEC y y Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2003.

Salvo que me haya equivocado en el cálculo de días. Cuentalo tu y te aseguras. Excluye agosto, sábados, domingos y festivos.
27/07/2006 19:25
Mira... tal y como está el patio yo preguntaba en el Juzgado a ver cual es el criterio de SSª
27/07/2006 19:22
Mi procurador y yo no nos ponemos de acuerdo. Hoy han notificado sentencia juicio de faltas, el plazo para la apelación concluye el día......?????
27/07/2006 19:19
Y en un cocurso de acreedores? en Agosto corren plazos? Notifican algo? Lo digo por si me tengo que pasar por el despacho este veranito a echarle un ojo al fax...
perfil Jan
27/07/2006 18:52
Hola. Para lo Mercantil también es hábil el mes de Agosto. Al menos es lo que me han dicho en el Juzgado.( el tema es de impugnación de acuerdos sociales)

Un saludo.
27/07/2006 18:36
Es un recurso que plantea el Colegio de Abogados de málaga frente a la resolución de la Junta de jueces de declarar Agosto hábil para celebración de juicios rápidos, manifestando que se carecía de habilitación legal para establecerlo; el TS resuelve que existe habilitación legal para establecer Agosto como hábil puesto que los JR como su nombre indica son urgentes.
Esto es básicamente lo que dice la STS, pero lo que a mí no me ha quedado claro es si se necesita resolución expresa de la junta de Jueces; del Decanato o del Juez para que Agosto sea hábil de conformidad con lo que establece la LOPJ o si es hábil per se.
Si eso le echas un ojo a la sentencia en www.poderjudicial.es y me lo explicas
27/07/2006 18:12
Perdonad mi ignorancia pero, ¿qué dice la STS Secc. 7ª de 7/04/2006?
27/07/2006 17:22
Vale, guarroman; en juicio rápidos no me ha quedado muy claro si es necesario que se declare por la Junta de jueces o por el propio juez o ya lo son per se al ser siempre diligencias urgentes; lo digo a raiz de la STS Secc 7ª de 7/04/2006 ...
En faltas entiendo que se paraliza el plazo.

Besos
27/07/2006 12:50
dado que me has enviado besitos, no voy a tenerte en cuenta la corrección.

puede que haya metido la gamba, pero a lo que me refiero es a que si te vence una apelación penal, por ejemplo un j.faltas, en agosto, entiendo que no se paraliza el plazo, al contrario que en civil.

asimismo, por ejemplo en los juicios rápidos, se siguen celebrando en agosto, con sus sentencias, etc... y sus juicios penales.

si me equivoco lo siento, porque, como he dicho varias veces, del tema de penal no soy especialista (creo que de ninguno lo soy, snif...)

un besazo, guapetona.
27/07/2006 12:43
Guarromán , no es por enmendarte la plana... lo juro.
Agosto es hábil en penal en fase de instrucción, una vez cerrada ésta (dictado Auto de apertura del Juicio oral) los plazos se computan igual que en las demás jurisdicciones.
Besitos.
27/07/2006 12:37
lo del plazo inhábil es solo para civil, ojo!

en agosto siguen los plazos penales, aunque, en la práctica, se paralice todo un poquillo, pero si tienes plazos para recurrir, etc..., siguen igual.
27/07/2006 09:28
No cierran.
27/07/2006 09:24
Alguien sabe, -seguro q sí- si los colegios de abogados cierran en Agosto también?
26/07/2006 19:47
Novata... es que los de Instrucción se aburren... animalitos!!!
26/07/2006 19:45
Inhábil, inhábil... Tengo señalada una declaración de un testigo para el 11 de agosto. Me harán ir allí y, después de hacerme esperar 1 hora, seguro que la suspenden. No sería la primera vez.
26/07/2006 19:35
Que es una de las sensaciones más gratas que hay; saltar del 31 de julio al 1 de Septiembre, y que este año además cae en viernes.
26/07/2006 19:05
Cuando llegas a uno de agosto, el plazo se interrumpe y continúa el primer hábil de septiembre, por lo que el plazo de 20 días hábiles no corre en dicho mes y vas de oca a oca.
26/07/2006 19:02
Y ¿Qué pasa si se te acaba el plazo para demandar en agosto?
26/07/2006 12:25
mejor lo dejas para septiembre o bien lo presentas en los ultimos dias de julio pero solo estara presentado vamos que no lo turnaran ni te notificaran nada.
24/07/2006 18:28
en la LEC cabe la presentación en Agosto para casos de extrema urgencia.

yo, por ejemplo, presenté en agosto un interdicto para recobrar la posesión y me dijeron que chupara el -----

en la práctica, no admiten nada de civil, ni siquiera le ponen el cuño (por lo menos en la zona en la que estoy yo)