Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Agostamiento prestacion IT

1 Comentarios
 
12/12/2003 01:31
La empresa deberá suspender tu contrato (no finicarte) y darte de baja en su patronal, pero con reserva de puesto de trabajo (a no ser que sea un contrato de duración determinada). Pasarás a cobrar la I.T. en régimen de pago directo por el INSS o la mutua correspondiente hasta que se califique si la lesiones o enfermedades sufridos constituyen causa de invalidez. Si se deniega deberás reincorporarte a tu puesto de trabajo, si se aprueba la empresa te dará de baja definitiva y pasarás a ser pensionista de invalidez (sólo incapacidad permante total, total cualificada, absoluta o gran invalidez. Baremos y parcial deberás de reincorporarte.).

El plazo máximo en el que puedes permanecer en esta situación (prórroga de I.T, a la espera de pasar Tribunal es de 12 meses, no obstante lo normal es que se te valore en un plazo máximo de 3 meses.
Esta información es general, la causistica de la prestación de Incapacidad es enorme y seguramente queden flecos que cubrir
Agostamiento prestacion it
11/12/2003 14:11
Esoy en baja por I.T. desde Agosto de 2002, con lo que el proximo mes de enero de 2004 cumplo los 18 meses de baja. Mi empresario me ha dicho que a partir de que cumpla los 18 mese4s, él me daba de baja, y m e finiquita en la empresa, con lo que se da por rescindido mi contrato, pasando, a partir de ese momento a cobrar por la Seguridad Social, la cual me pasará por un Tribunal médico y me concedera algun tipo de Invalidez. ¿me pude dar de baja la empresa y liquidarme? ¿Cuanto tiempo tarda la Seguridad Social en pasarme por un Tribunal Médico?. GRACIAS POR VUESTRAS CONTESTACIONES.