Por supuesto, los PAU definitivamente aprobados son públicos. En el ayuntamiento tiene que haber copia de dicho PAU a disposición de quien quiera examinarlo.
Como instrumento de planeamiento que es, el PAU aprobado establece los plazos en que el adjudicatario debe formular los proyectos de reparcelación y urbanización y las relaciones con los propietarios afectados.
Ambas proyectos, reparcelación y urbanización, deben ser aprobados por el ayuntamiento y la consejería competente, previa exposición pública y notificación individualizada a todos los propietarios.
No obstante, en contadas ocasiones los plazos previstos suelen cumplirse debido a los imprevistos que surgen durante su tramitación.
La planificación y gestión del planeamiento es una función pública. En consecuencia, como indicaba en el anterior post, teniendo en cuenta que el agente urbanizador actua siempre bajo el control de la administración, los propietarios afectados deben denunciar ante ella si quieren denunciar cualquier actuación irregular del agente urbanizador.
Gracias Alga por tu respuesta:
Mi consulta ahora es si en el ayuntamiento me pueden informar sobre dicho el Programa de Actuación que comentas, mas que nada en lo que se refiere a las fechas de inicio de urbanizacion y plazos o bien eso es el agente urbanizador el que se encarga de programarlo.
De todas formas nuestras sospechas son sobre que nivel de obligacion que tiene el agente urbanizador de acometer las obras respecto al ayuntamiento y respecto a los propietarios.
gracias
Entiendo que es obligación del agente urbanizador cumplir el calendario de desarrollo en sus distintas fases, trabajos y gestiones, determinadas en el Programa de Actuación Urbanizadora del que es adjudicatario.
Teniendo en cuenta que el agente es responsable ante la administración, que lo controla y obra por su cuenta, en el ayuntamiento deberían dar cuanta información precisen los interesados.
Buenos días:
En el pasado 30 de diciembre el Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo,nos ha aprobado el proyecto de urbanización de la Unidad de Actuación con un agente urbanizador en Albacete.
A fecha de hoy 10/02/2014 el susodicho agente urbanizador no nos ha informado de ningun tipo de medidas a emprender ni siquiera para la firma de la reparcelacion , y los propietarios tenemos la sospecha de que no quiere emprender la obra por motivos económicos.
El dinero para el aval ha sido depositado por una cuenta de prevision que se hizo entre los propietarios entre los que se incluye el agente urbanizador y otro que disponen entre los dos del 40 % del terreno y son los que creemos que pueden tener problemas para acometer los gastos de ejecucion de la obra de urbanizacion.
Qué plazos dispone el agente y que obligacion tiene de llevar la obra a cabo? así como en el caso de su negativa que opciones podemos tener el resto de propietarios para realizarla?
Gracias