Cuando un bien inmueble se traspasa del patrimonio personal al empresarial (afectación), se incorpora a la contabilidad del contribuyente por el valor de adquisicion que tuviese en el momento de la afectación.(valor adq+mejoras+gtos-amortizacion).Mi pregunta es:
¿Estos valores han de actualizarse al coeficiente que corresponda como cuando se realiza una trasmision de bienes no afectos y se quiere saber el valor actual de adquisicion para calcular la ganancia patrimonial?
Muchas gracias