Al cliente, el Ayuntamiento de Barcelona le obliga a derribar unas obras efectuadas sin licencia y que además ocupan parte de las zonas comunes del bloque. El cliente adquiere la vivienda en esas condiciones, en 2004. En la tasación el pequeño hueco ganado según el Ayuntamiento ya consta. Y hay testigos, los vecinos de que el piso, ya en el año 1930 se contruyó así. El caso es que si fueron unas obras efectuadas por algún propietario hace más de 30 años de eso.
En las escrituras del piso no está claro si consta o no esos metros...
Se podría alegar adquisición por usucapión (Código Civil Catalán 20 años) del anterior propietario que estuvo más de 20, estaríamos legitimados para alegar dicha adquisición de un tercero que nos transmitió a nosotros?
Alguien ve alguna salida mejor?
El siguiente paso es el contencioso, el Ayuntamiento evidentemente nos deniega en alzada ordenando la reposición a su estado anterior, un estado anterior que no existe porque se construyó así...pero bueno.
Gracias