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Adquisición inmueble S.A.

2 Comentarios
 
perfil JA
25/09/2004 16:36
Muchas gracias. Jrgijon
25/09/2004 11:49
Hola JA.
Por lo que comentas, se entiende que AMBOS (comprador y vendedor de la nave industrial) son SUJETOS PASIVOS DE IVA.
Por lo tanto, en caso de que (y normalmente es así) la operación esté sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, CABRIA LA POSIBILIDAD de renunciar a la exención del I.V.A., y hacer que la operación esté gravada por el mismo.
Obviamente, no es lo mismo tener que pagar un 16% y recuperarlo INTEGRAMENTE (el 100% de la cuota soportada del IVA) al liquidar el IVA al trimestre que, por el contrario, dejar que la operación tribute en ITP y sólo "recuperar" vía amortizaciones el 30% del impuesto pagado.
Es decir, EN EL CASO EN QUE SI SEA POSIBLE la renuncia a la exención de IVA, RESULTA RECOMENDABLE que la operación esté sujeta a este impuesto.
Espero haberte aclarado el tema.
Un saludo.
Adquisición inmueble s.a.
perfil JA
19/09/2004 23:48
Una s.A., puede comprar a una persona fisica que le tiene arredanda una nave, dicha nave y que la persona fisica le cobre el iva de la venta??