Una sociedad SL adquirió sus propias participaciones en el 2001. Al comprobar, no se hizo ni la correspondiente reduccion de capital ni se dotaron las reservas correspondientes.
La escritura de compra de participaciones propias no está inscrita en el registro mercantil. Es obligatoria esta incripcion?
Si optamos ahora por hacer la reduccion serà inscribible este acto? Hay sancion? La sociedad no tiene reservas aunque tiene un capital de mas de 3 millones de euros y no tiene deudas importantes.
Gracias
Si entiendo bien quieres decir que esa adquisición no existe a efectos contables, ni del Registro Mercantil, ni de la tributación por disminución de capital.
Lo que debéis hacer es adquirirlas con una fecha posterior (año 2009) y regularizar la situación este año cuando presentéis las cuentas.
Debéis saber que el valor de las participaciones adquiridas no puede ser superior al 10% del capital social. Desde el 1 de enero de 2008 no hace falta dotar ninguna reserva indisponible para acciones propias. Ello se debe a que esas acciones ya no se ubican en el activo sino que lo hacen en el patrimonio neto.
Lo que si debéis es tener una reserva legal que, por lo que dices, no tenéis.