No tiene nada que hacer, el propietario aunque no inscrito lo puede demostrar por medio de un contrato privado, o por la simple declaración del que se lo vendió.
He solicitado la ejecución de una finca que figuraba inscrita en el registro a nombre del ejecutado. Éste me comunica que esa finca se vendió hace diez años a un tercero pero que no la inscribió en el registro.
La ley hipotecaria en su artículo 34 señala que este adquirente a título oneroso será mantenido en su adquisición una vez que haya inscrito su derecho.
Estoy un poco perdida porque según esto tendría yo posibilidad de reclamar la ejecución de esa finca como si siguiera en propiedad del ejecutado? o no hay nada que pueda hacer?