Expongo la duda:
Una viuda quiere adoptar al hijo mayor de edad de su marido, recientemente fallecido. Se cumplen los requisitos para que esto pudiera llevarse a cabo. La motivación es que este sea su heredero. Pero este hijo tiene a su madre viva.
Una abogada, tras la consulta de de la viuda de cómo hacer para que este reciba TODOS sus bienes al faltar ella, es la que le dice esta opción de la adopción.
Cuando la viuda le explica que este chico tiene a su madre. La abogada le dice que este trámite se puede hacer sin que ella (la madre) se entere....
Y claro, yo alucino. ¿¿Es de verdad posible que una madre deje de serlo de su hijo y ni se entere?? Sé que por ser el chico mayor de edad daría igual si ella se opone y tal, pero ¿¿que no se entere, que no se lo notifiquen?? ¿¿es posible algo así?? (sin entrar a valorar la moral)
Por otro lado, ¿no sería menos complicado que la viuda le donara en vida todos sus bienes y este la hiciera usufructuaria de todo? Supongo que además del impuesto correspondiente al recibir la donación implicaría cambios en la fiscalidad anual del chico, ¿no? , pero, ¿no sería, aún así, mejor solución?
En la ley que me indica solo leo que al ser mayor de edad daría igual que se opusiera, pero no me queda claro si se la citaría de manera imprescindible o no para escuchar sus alegaciones.
Y lo que sí no hace ninguna referencia a si se le notificaría de alguna forma que legalmente ha pasado a tener un hijo menos....
Pues efectivamente no se requiere consentimiento, aunque lo más probable es que sí se acabe enterando, la madre biológica, Perdería el derecho a herencia de esta persona; no sé yo si el "hijo" querrá renunciar a esta herencia, ni si querrá cambiar de apellidos, o si le valdría la pena posiblemente romper la relación con su madre cuando acabe enterándose, si a la señora le sienta mal y se le esconde el hecho, por un tema puramente fiscal. La herencia ya se la puede dejar en testamento, el interés de que sea el hijo sería fiscal por las bonificaciones (de lo que es de la viuda, no de lo que fuera del marido que ya heredará), si no hay otros hijos o padres. Si es por tema puramente fiscal otra opción sería casarse, o inscribirse como pareja de hecho si es una comunidad de régimen foral, que como "trampa fiscal" vendría casi a ser lo mismo.