Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Admitir pagarés indemnización

8 Comentarios
 
Admitir pagarés indemnización
07/11/2009 10:53
Hola,
Trabajo desde hace 17 años en un concesionario de coches, la empresa tiene unos 40 trabajadores. Hace dos semanas nos llamaron en grupos a 10 (de distintos departamentos y antigüedad) para decirnos que nos despedían porque estaban en quiebra, que nos daban máximo 25 días x año y que si no aceptábamos plantearían un ERE y no nos llevaríamos nada; nos citaron una semana después para contestarles. Nosotros sabemos que efectivamente las cosas no van del todo bien y que en enero se van a fusionar con una cadena de concesionarios de la que el dueño ya forma parte del accionariado y junta directiva de mi empresa y por lo tanto se quieren quitar personal porque tienen propio de sobra.
A la semana les dijimos que si querían despedirnos pues 45 días x año y ellos dijeron que plantearían un ERE y si se lo denegaban pues cerraban y todos a la calle sin nada, etc...
Bien, el jueves nos llamaron solo a 2 por separado (los más antiguos sin ser jefes de departamento) y nos dijeron que nos daban los 45 pero que no tenían dinero y que aceptáramos un pago inicial de finiquito 1/3 de indemnización y el resto en 2 pagos a 30 y 60 días. De momento no han hablado con nadie más en ningún sentido.
Tengo que aclarar que nosotros ya nos queremos ir porque cuando sea absorvida por la otra empresa, tienen un concesionario a 80 km pero dentro de la comunidad de Madrid y creemos que si ponemos mucha presión y finalmente no nos echan por falta de dinero, podrían trasladarnos allí y forzarnos a que nos vayamos gratis (ya lo han hecho anteriormente con trabajadores suyos rebeldes).
En cuanto a la última oferta un abogado amigo ha dicho que NO pero otro ha dicho que se puede hacer si se demanda en el SMAC se indica en el acuerdo que el pago se hace de esa forma y así, si no pagan, se les puede demandar en juzgado laboral teniendo que pagar los meses de tramitación, etc.

¿Podríais darme vuestra opinión? Gracias.
07/11/2009 11:29
Si quieres irte, ofrece un acuerdo, no 45 días que es el máximo que contempla la reglamentación de despido abusiva española.

25 días me parecía más que razonable. Sinceramente, me cuesta entender tanta codicia con ese tema. En Francia son 6 días por año el improcedente, en Reino unido 7 días, en otros muchos países cero días. En fin, 25 días por la cara por 17 años, por la cara, pues ni tan mal, no?

Si aún así quieres esos 45, pues como reza el dicho gitano: "Pleitos tengas y los ganes".
07/11/2009 13:37
Quizás te convendria aprender a leer y comprender lo leido antes de contestar, explico claramente que me despiden contra mi voluntad de quedarme en una empresa 17 años y otros 17 si ellos quieren, no me voy yo y la codicia de la que hablas yo lo llamo ley, que dice que me corresponde 45 días x año trabajado en España no en Francia ni en China....

No quiero polemicas ni opiniones sobre lo mal que estan las cosas en España y lo bien que son en otros paises. Solo quiero respuestas y tu cinismo me sobra.

Por favor, una opinion sobre lo que estoy preguntando de alguien que conteste con voluntad de ayudarme.

Gracias
07/11/2009 15:13
Hola despiz, lamento mucho la situación en la que te encuentras, la mía no es igual pero ahí ahí va, vamos que por el SMAC me tocará pasar.

He estado consultando de todo y por todos los sitios y te puedo decir, que por lo visto si firmas lo que te están ofreciendo (pagarés) bien directamente con la empresa o en el SMAC, si tu empresa se declara insolvente o cierran como os han dicho, cuando presentes tu pagaré al cobro y no lo puedas cobrar, no puedes hacer nada, no puedes denunciar ni nada (vamos, por poder puedes, pero no vas a conseguir nada).
Por lo que yo me he estado informado, caso de firmar ese acuerdo, que sea vía "concilio judicial", o sea en un tribunal y marcado y confirmado por un Sr. Juez. Eso te daría base, para caso de no cobrarlo, poder denunciar (ya que sería incumplimiento de sentencia judicial) y a malas cobrar eso que te faltara por cobrar del FOGASA.

Ya te digo, que no soy ninguna profesional de este tema, es más si algo sé es porque me está tocando pasar por todo esto. Así que, te recomiendo que sobre lo que yo te he puesto, que lo uses como base de preguntas y saber por donde pueden ir los tiros... Pero usa esto, confirmándolo con un profesional, en los sindicatos hay profesionales muy capaces que te van a echar una mano y si estás afiliado a alguno no te cuesta. Y si no lo estás una vez cobrado te costaría (depende del sindicato), del orden del 7% de lo cobrado... Personalmente ese 7% es mucho menos del 20% que quería tu empresa que renunciaras en un principio.

Suerte amigo.
08/11/2009 10:30
despiz:

Leo y comprendo de sobra, tanto cualquier texto, como el tuyo en particular que no tiene nada de especial. En él dices:

1) "Tengo que aclarar que nosotros ya nos queremos ir porque cuando sea absorbida (...)" -- está claro que TE QUIERES IR, aunque la posibilidad de seguir trabajando y no perder el empleo está ahí, si fuera con el legítimo cambio de rutina a otro local en la misma provincia. Quien realmente quiere trabajar, trabaja. Más claro agua. Yo no veo esos otros 17 años más que quieres estar como dices. El trabajo está ahí.

2) "A la semana les dijimos que si querían despedirnos pues 45 días x año y ellos dijeron que (...)" -- las posturas del 'si quieres que me vaya págame 45 días por año' ya me las conozco, y dicen en general bastante del tipo de pájaro que las suele plantear.

3) Lo que veo es una empresa familiar o pequeño grupo de autónomos cerca de la ruina (o ya en ella). Además de perder su empleo, de no tener subsidio de desempleo, y mucho menos indemnizaciones ni tonterías, probablemente arrastren con esta quiebra su patrimonio personal que estuvo avalando, o avalasen ellos personalmente y queden endeudados de por vida, desenlace frecuente de emprendedores en España. No veo que incluyas esta dramática realidad en tu proceso de decisiones, y me parece una aberración.

4) Estas personas te han dado trabajo e ingresos estables y seguros, durante 17 años seguidos, así como toda una serie de comodidades que rayan en lo absurdo que acompañan a la regulación laboral española para asalariados. A pesar de semejante deuda moral que tienes con quienes han sido tus religiosos pagadores, te han mantenido, han sido tus mentores profesionales y te han dado todo lujo de seguridades sociales, cuando llega el momento de la verdad asoma la verdadera naturaleza del sin-escrúpulos, que con total indiferencia y comportamiento casi psicopático...

5) Si lo que buscas es respuestas que te bailen el agua, ve a un despacho de 250€/hora. Mientras vengas a un foro de debate y de opinión gratuito sobre derecho laboral, opinaré obviamente lo que considere conveniente. Yo, y cualquiera. Esto es lo que hay. No vengas por aquí con exigencias de servicio y con tu "sólo quiero", que nadie trabaja para ti (aunque algún sindicalista aburrido se apuntará a tu chanchullo encantado).

6) Aún ignorando los importes de despido vigentes actuales en España, el trasfondo moral de la cuestión, saltándonos tu codicia y tu cinismo, es el siguiente:
-Hay una actividad económica en ruina, que va a prescindir de la mano de obra (obvio, sin actividad, no hay nada de trabajo que hacer). Por tanto, de improcedencia, nada; 'objetivo' si acaso.
-Aún así, hay un proceso de subrogación. O lo va a haber dices. Con lo que trabajo hay. O su posibilidad la hay.
-Las modificaciones estructurales y vitales que estarán haciendo los autónomos... vaya Ud. a saber. Quizás están cambiando hasta de casa. Pero al Sr. no le viene de gusto desplazarse unos kilómetros para seguir manteniendo sus beneficios sociales y estabilidad salarial en medio de una grave crisis económica mundial.
-En cuanto el autónomo empieza a volar bajo, aprovecha y dispara a matar, en vez de intentar que remonte el vuelo. Esa es la lealtad al proyecto y al equipo que tiene.
-Se trata de una plantilla de 40 personas, y ni habla de los otros 39... Si firmando el primero lo suyo los otros se van a la calle... aaahhh, se siente, son mis derechos de trabajador español.
¿Esto no es codicia y ausencia total de escrúpulos?
¿Qué tipo de ciudadanos estamos creando con este tipo de reglamentaciones inmorales?
08/11/2009 10:32
7) Dices "la codicia de la que hablas yo lo llamo ley, que dice que me corresponde 45 días x año"
Más allá de la norma escrita y pelada, está la conciencia moral y el sentido común. Ya que te veo tan legalista, te comento:
-En Texas es ilegal despertar a un oso para hacerle una foto, pero es legal dispararle y matarlo. Tambien es la ley. Así de cachonda.
-Hay leyes (ordenanzas) que prohíben correr o saltar por la calle, aquí en España, otras prohíben comer por la calle, en Francia es ilegal darse un beso en el tren. En Irlanda aún es legal asesinar a un escocés si es en Cork y con arco. En fin... es la ley, amigo. Pero una cosa es la ley, y otra el derecho.
-Aquí en España es legal que si eres un inútil, acoses a los autónomos que constituyeron una pequeña organización económica que te da tu sueldo, hasta que acaben atacados de los nervios y te paguen una pequeña fortuna, que se estima en 6 semanas de salario por año desde el primer contrato (que no 'trabajado'). Y si la empresa va fatal y no tiene dinero ni para pagarte el sueldo, tienes derecho a encima exigir esa pequeña fortuna adicionalmente a la deuda... de locos, ¿no?
-En España hay un principio constitucional, de igualdad de todos ante la ley. También es un Derecho Humano Universal. Pero esta igualdad se pierde, cómo no, en la Magistratura, en virtud de su principio 'in dubio pro operario', en el cual si eres asalariado tienes siempre mayor probabilidad de tener razón que si eres autónomo, y las pruebas, normas y argumentos se interpretan y valoran diferente.
-Aquí en España, fotocopiar 1 página de un libro es delito, de 6 meses a 2 años de prisión. Y si conoces un delito debes denunciarlo. Supongo que cumples también esta ley con el mismo celo y deseo, ¿no?
-Aquí en España conducir por encima de 80 km/h. por ciudad es delito. Con tanto delito cotidiano, ya habrás chupado cárcel, ¿no?
-Aquí en España, puedes tener sexo con menores a partir de 13 años, con su consentimiento, y no está penado, con la doctrina penal actual. Imagino que también apuras la ley en este sentido. Es la ley, como tú dices.

Pues lo dicho, me parece perfecto lo que diga la ley "que te corresponde".

La realidad moral es otra. Que está claro que ahora es lo último que te interesa oír.





(PD: disculpas por la longitud del texto)
09/11/2009 13:54
Narsil gracias por la respuesta.

Me interesa saber si es prudente admitir pagares a medio plazo por la indemnizacion y debo fiarme de una familia de empresarios en la que uno de cuyos miembros ha robado varios millones a los otros y por eso se ven (nos vemos) en esta situacion.

Legalmente puedo reclamar si no me pagaran alguno de los pagares si lo admitiera como un acuerdo personal sin mas? y en caso contrario como podria hacerlo para que si no me pagaran pueda reclamarlo?

Gracias
09/11/2009 15:10
De nada despiz, si no nos echamos una mano nosotros, por lo menos para los primeros pasos a dar, daríamos más tumbos que una peonza y eso es en perjuicio nuestro siempre.

Mira, yo según lo que me he podido informar; pero de verdad te remito a un sindicato o a alguien profesional del derecho laboral para que te lo concrete más aún, a no ser que cobres todo o que ingresen dicho dinero en una cuenta del tribunal a los efectos, cualquier otro tipo de acuerdo de pago futuro (por muy inmediato que sea), como no sea pactado delante de un Sr. Juez, caso de no cobrarlo no te respalda nadie. Te quedarías sin cobrarlo, porque FOGASA en esos casos no paga. Ni acuerdo con la empresa, ni SMAC.

Legalmente, podrías reclamar, pero si alegan insolvencia o quiebra de la empresa, la única forma de cobro que tendrías, sería que la empresa dejara de estar en quiebra, o dejara de estar en estatus de insolvencia. Vamos, que te pueden dar las uvas.
En el caso que tú expones, nadie te cubriría.

Personalmente, teniendo en cuenta los antecedentes que expones, yo no me la jugaría, si te la juegas, sería porque lo acuerdes con vistas a conservar tu trabajo, que vean buena fe por tu parte y que además de esos pagarés firmes con la "nueva" empresa y que ellos muestren buena fe, respetándote en la nueva empresa tu antigüedad por ejemplo (por la que van a ser absorbidos).
O tal vez, podrías optar porque sí que te emitan esos pagarés con cláusula firmada por la "nueva" empresa de que si no son cubiertos, dicha "nueva" empresa los cubra.
Vamos, blindate por todos lados y repito con vistas a seguir en la empresa. Y si no quieres seguir, que te paguen a tocateja, ingreso de dicho dinero en cuenta en Juzgado o marcados dichos pagarés vía Juez.

Y aunque te suene repetitivo, vete a un sindicato a consultar todo esto (algo de lo que yo te he puesto, te servirá para saber por donde preguntar), que la consulta a los abogados de los sindicatos son gratuitas estés o no estés afiliado.

Suerte y a ver si resuelves tu problema.
10/11/2009 01:55
Gracias. Consultare.