Hola, presentas dos monitorios en decanato. Con la nueva LEC es por diligencia de Ordenación dando 20 días al demandado para que pague o se oponga al monitorio. ¿ Eso es lo qué tienes?
HE recibidos dos procedimeintos de juicio monitorio. EN los 2 casos se ha dictado una diligencia de ordenación. La pregunta es al ser dichos procedimientos igual que una demanda, pregunto:
1º) ¿Debería de habers dictado una providencia?
En caso afirmativo
2º)¿Cuando haga el recurso de reposición, qué artículos infringidos debería de alegar de la LEC o LOPJ, etc...?