Imagínese que la persona ofendida quiere llegar hasta el final y es capaz de personarse con abogado y procurador para ir a juicio por una mierda de de calumnias o injurias que le hice en un foro. Yo tendré que pasar el trago de que llegue a mi casa una denuncia o citación o como se llame?
Los insultos no están en el C.Penal. Respecto a las injurias, nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal; lo que significa que es necesario que el querellante se persone con Abogado y Procurador, que deberá abonar. ¿Le interesará?
Tengo una pregunta. El otro día en un foro de internet me calenté con un hombre que no conozco y que es de otra ciudad y le dije un par de insultos fuertes simplemente. Y el me dijo que iba a ir a la policía y denunciarme por injurias o algo así. Me dijo que ya me notificarían cuando me llegase a casa la denuncia...
Mi pregunta es, si me ponen una denuncia tonta por haberle insultado... me la van a notificar si o si (con la verguenza que supone recibir una denuncia en tu casa) o si la policia ve que es una tontería no aceptan la denunca? Cómo va eso?