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Administradores y delegación

3 Comentarios
 
30/06/2010 14:35
muchas gracias, ha sido de gran ayuda.
28/06/2010 18:27
Sólo es posible esa delegación si se cuenta con el previo consentimiento de la sociedad:

- A través de sus estatutos que, mediante una clausula como "el consejo de administarción será presidido por el presidente o por quien éste designe".

- Por acuerdo de la junta general

- Por acuerdo del propio consejo.

La delegación debe hacerse en otro consejero.

Si no es así, los acuerdos alcanzados por alguien que preside sin el correspondiente consentimiento, son anulables.

El caso del secretario es distinto. Normalmente no es necesario que el secretario sea miembro del consejo. El consejo puede constituirse sin el secretario debiendo designarse uno para la sesión.

Un saludo,
28/06/2010 13:57
Perdón, voy a concretar más. Se trata de una S.L administrada por un Consejo, en la que delegan el presidente y el secretario.

Muchas gracias por vuestra pronta respuesta.
Administradores y delegación
28/06/2010 12:42
Hola a todos, mi duda es si un administrador y socio puede delegar en un tercero no socio para la Junta General.

Muchas gracias.