1º.- La empresa AAA SL y la empresa BBB SL, crean una tercera empresa CCC SL .
2º. Cada una de ellas aporta el 50% del capital
3º. Cada sociedad nombra un administrador(mancomunados)
El problema:
- la sociedad AAA SL llega un momento que se desentiende de las deudas y prestamos contraidas por CCC SL, no quiere vender ni comprar las participaciones sociales, se niega a firmar cualquier acuerdo, decision,liquidacion ....
- BBB SL paga religiosamente las obligaciones contraidas por CCC SL (prestamo, deudas,...)
¿Alguien me puede orientar hacia una solucion?
¿Puede BBB SL interponer un monitorio contra AAA SL, en reclamacion del 50% de las cantidades abonadas para las deudas contraidas?
No se especifica si existe algún tipo de contrato que obligue a abonar las deudas y préstamos contraidos por CCC SL. Si no existe, obviamente no se le puede reclamar a la empresa AAA que pague nada, pues no se obligó a nada. Siendo así, es imposible que prospere el monitorio.
En todo caso, para recuperar el dinero y mejorar la situación habría que actuar de otra manera.