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Administradores de hecho

1 Comentarios
 
Administradores de hecho
07/02/2011 11:20
Hola, tengo una pequeña duda. Se trata de lo siguiente: hacienda reclama una cantidad de dinero a una sociedad mercantil por impago de impuestos, si ésta no paga irá a por su patrimonio y si éste es insuficiente irá a exigir responsabilidades al administrador. SI éste a su vez tampoco puede responder, la administración puede optar por darlo por fallido o ir a por los apoderados (por la vía de los administradores de hecho), o lo que comúnmente conocemos por la vía del levantamiento del velo. Si decide optar por esto último, la responsabilidad de los administradores de hecho (los apoderados), sería mancomunada o solidaria? Es decir, ¿Tendrían que asumir al 50% la deuda cada uno, o la administración puede escoger al que quiera por la vía solidaria y exigirle el 100%?. Gracias por anticipado, tengo mis dudas y por eso me gustaría saber si habéis tenido algún caso parecido.
07/02/2011 11:54
El tema del "levantamiento de velo" es complejo y, normalmente, son los tribunales los que tienen la última palabra. Pero, en principio, la responsabilidad es solidaria.
Aunque supongo que ya lo sabes, ser apoderado no implica necesariamente ser administrador "de facto", dependerá de las potestades que tenga en la sociedad.