Me congratula la intervenion de Dick Turpin en este foro , del que guardo un grato recuerdo de muchos años, doy fe que sus intervenciones son muy provechosas para los actuantes, por su alta profesionalidad.
Por regla general, el cargo de presidente de una Comunidad de Propietarios va rotando con carácter anual y, siendo la persona encargada de representar a la misma, parece lógico que deba figurar como autorizado en la cuenta bancaria.
El problema llega cuando se topa con las normativas internas de las distintas entidades financieras quienes, lejos de facilitar las cosas, complican enormemente un trámite que debería ser tan sencillo como presentar un certificado del acuerdo alcanzado en la Junta de Propietarios.
Es una práctica casi generalizada que los empleados de la banca soliciten el Libro y fotocopien el Acta en cuestión, aunque hay resoluciones de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) que advierten de la vulneración de la Ley de Protección de Datos que supone la cesión del Libro de Actas para que la entidad realice la apertura de una cuenta o la modificación de las firmas de la misma.
Por otra parte, les exigirán personarse en la oficina de turno a todos los implicados en la operación, administrador, presidente entrante, presidente saliente y cuantos figuren o pretendan figurar en la cuenta para firmar un documento para realizar el cambio.
Por otra parte es importante hacer constar que todo lo concerniente a la apertura, disposición y cierre de la cuenta corriente de la comunidad debe ser aprobado por la junta de propietarios.
Según dispone el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal,
"Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un libro de actas..."
Eso significa que la forma de disponer debe acordarse en Junta, e incluirse en el acta correspondiente y probablemente así se lo exija su banco.
Parece que el problema, según su Administradora, es que en el acta no se refleja que usted deba figurar como firmante en la cuenta bancaria y su Administradora sea muy estricta en la interpretación de la norma, o quizá presuma que el banco no lo va a autorizar, criterio que me parece motivado y razonable.
Le recomiendo que convoque junta general extraordinaria y aprueben que usted, en su calidad de Presidente de la Comunidad, con nombre, apellidos y DNI, tendrá poder de disposición en calidad de Presidente de la Comunidad (solidario o mancomunado con el Administrador -lo que ustedes quieran aprobar-) en la cuenta que la Comunidad de Propietarios tiene abierta en la Entidad (pongan los números).
es como le comentan, la comunidad es una persona juridica y tiene autorizados que son el administrador y el presidente que se cambia cada vez que cambia el presidente (se cambia la persona autorizada pero sigue siendo el presidente de la comunidad un autorizado), nosotros este año contratamos un administrador, yo de presidente (sin ser propietario, pero eso es otro lio) firme un papel del administrador y tengo acceso a la cuenta y miro si quiero con la banca electronica o yendo alli, yo denunciaria al administrador al colegio de administradores y ademas lo que hace es causa de suspension de la relacion contractual que tiene con el administrador
El banco no le dara ningun tipo de información porque lleve el acta o el libro de actas.
Tambien deberia indicar como se puede apropiar del libro de actas
Estáis en situación de riesgo. Hay que actuar con diligencia para evitar males mayores.
Tienes que coger el libro de actas donde figure tu nombramiento como presidente, lo enseñas al banco y que te digan qué cuenta está a nombre de la comunidad y que te den el extracto.
En caso de que el banco te diga que no hay ninguna cuenta a nombre de la comunidad, vas al administrador y le exiges todos los datos de vuestra cuenta bajo la advertencia de que, si no te los da, presentas la correspondiente denuncia por apropiación. Dicho y hecho.
Hola Virginia 541, como ya conteste a Juan el banco no me deja figurar como cotitular, bien es cierto que desconocemos a nombre de quien va esa cuenta al igual que si existe mas de una.
Saludos
Hola Juan,
Pues no sabemos a que nombre esta la cuenta, no facilita esta información, solo se que como mínimo hay una cuenta en un banco u no me permitieron ser firma autorizada ni nada si la administradora no me rellenaba un formulario firmado por ella,
Es como dar vueltas en una jaula, es increíble preocuparse tanto para no llegar a ningún sitio
Saludos y disculpas por tardar tanto en contestar
Gracias Fuegracia, las anormalias se suceden en años anteriores, entre otras cosas hemos estado 2 años sin celebrar junta ordinaria, con decirle que aún debemos dinero de los gastos de la comunidad del año 2019 ya se lo digo todo, que en mayo del 2019 se acabaron unas obras, que a dia de hoy no ha presentado liquidación de las mismas y que ademas en principio hemos pagado de mas en esas derramas de esa obra pues imagínese como esta el tema.
Saludos y perdón por el retraso en la respuesta.
Creo que confundes ser titular con ser autorizado.
El único titular debe ser la "comunidad de propietarios xxxxxx con NIF yyyyyyyy". Y como xxxxx no es una persona física, debe estar representada por una o varias personas físicas. Evidentemente es recomendable que sean al menos dos, con firma mancomunada. Bastante típico también es que sean 3, con firma mancomunada de 2.
Para Juan S:
Me gustaría que me aclarara, la afirmación de que el presidente no puede ser uno de los titulares de la cuenta bancaria de la Comunidad y que los demás propietarios, podrían denunciarlo.
En las comunidades, podría incluso haber un cargo de tesorero, aparte del presidente y del secretario y todos o alguno de ellos puede figurar como titular de la cuenta bancaria.
Es mas, una comunidad incluso podría prohibir que el administrador sea uno de los co-titulares. En este caso, el administrador solo prepara los pagos a efectuar y los titulares de la cuenta bancaria, firman el pago contra la cuenta de la comunidad, sean cheques o transferencias.
Sería peor el remedio que la enfermedad. Si la cuenta es de la comunidad, el presidente no puede ser cotitular, los demás copropietarios podrían denunciarlo.
Si la cuenta está a nombre de la Comunidad de Propietarios con su CIF, persónese en la entidad bancaria con copia de su nombramiento y exija que usted figure como cotitular en la misma.
También solicite que sea necesaria su firma y la del administrador, para disponer y hacer pagos, no solo la del administrador.
Aproveche para que le entreguen los movimientos de la cuenta, con la antigüedad que sea posible.
Si no da acceso a la cuenta, hay que pensar en lo peor, o sea que quizás falte dinero.
¿Esa cuenta no estará a nombre de la administradora, no?, porque para que el presidente acceda a la cuenta de la comunidad no hace falta que la administradora le dé acceso.
Tampoco lo necesita, si Ud observa anomalías en las cuentas, no las apruebe ni tampoco el presupuesto siguiente, a continuación acuda a un abogado, y este ya se encargará de comprobarlo o impugnarlo en su nombre.
Administradora se niega a darme acceso a la cuenta de la comunidad como presidente
Hola a todos,
Como parece que hay cosas que no están bien en su gestión, la administradora se niega a darme acceso a la cuenta, ya hace años que ningún presidente tiene acceso pero yo estoy removiendo todo y no le gusta, nos consta que al menos el presidente que estuvo en el 2011 tenía acceso a una cuenta, desde entonces no se sabe nada mas, me dice que eso se ha de aprobar en junta, ella mas o menos domina la reunión a su placer, teniendo en cuenta que la mitad de propietarios no viven en el edificio y no podemos informarles de porque pedimos el acceso a la cuenta o cuentas, además hay 3 propietarios que es como si le debiesen la vida a la administradora y estos hacen que algunos de los que si viven tengan temor a votar a favor, son todo gente mayor.
Seguro que pone como excusa que yo voy a ver los números de cuenta de los propietarios y tal y tal, yo creo que con acceso a la cuenta para poder sacar los movimientos bancarios no se ven los números de cuenta de los propietarios verdad? vamos que no puede escusarse en la famosa ley de protección de datos.
Alguna idea para poder conseguir este extracto bancario?
Gracias