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administrador

2 Comentarios
 
27/05/2011 10:46
Poir principio, en nuestro ordenamiento jurídico la retoractividad de las leyes y normas EXIGE que expresamente se determine en las mismas.

Aplíque el principio TAMBIEN a las obligaciones y contratos como el que Vd. consulta
27/05/2011 10:19
Se supone que la contabilidad, cuando se cambia de administrador, se la pasa el antiguo administrador a fecha de finalización de sus servicios. Si esto no fuese así, el nuevo administrador podría poner la contabilidad al día, pero podría presupuestar a aparte este servicio. No es obligación suya actualizar todo lo retrasado, salvo que en el contrato que se firmase así estuviese estipulado.
Administrador
27/05/2011 09:11
buenos dias mi pregunta es si un administrador de fincas puede o es obliglacion de llevar la contabilidad con caracter rectoactrivo .si se le contrata con fecha de hoy gracias