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administrador

2 Comentarios
 
13/09/2008 08:28
Hagan lo que les he puesto en la otra pregunta.
Una vez que ustedes pasan a ser "la Comunidad", no se les olvide que cesan a todos, incluído al administrador, el presidente pasa a ser administrador tambien, aunque pueden nombrar a uno de ustedes, pero en ningún caso contraten a un externo.
12/09/2008 18:06
El presidente no tiene potestad para ese mandato. En primer lugar yo hablaría con el presidente para conocer la veracidad de ese hecho, y si fuera cierto, (procuren ir varios vecinos como testigos), le interpondría una demanda. Por otra parte, el administrador como profesional que es, sabe que eso no lo puede hacer el presidente y que él se debe a la ley de propiedad horizontal (hecho que se le debería hacer llegar por escrito fehaciente) y que su deber recae en aplicar el artº 20 de esa ley, la cual dice en su punto e): Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad. Es decir, que la documentación de cualquier índole referente a la comunidad la debe poner a disposición de los propietarios, y que de no hacerlo será demandado en la misma forma que al presidente por retener o secuestro documental. Ni que decir tiene que este procedimiento se lo debe iniciar un abogado.
Administrador
12/09/2008 11:32
el administrador de nuestra comunidad nos a sido impuesto por el presidente que representa a un grupo que tiene 19 viviendas que significa la mayoria absoluta nos presentamos con el vicepresidente al administrador a solicitarle fotocopias de contratos y facturas de empresas a las que se han cotratado y nos comunica que tiene orden del presidente de no entregarnos ninguna documentacion que acciones deberiamos ejecutar