Pasacero, no se puede convocar directamente en 2º convocatoria.
Otra cosa es que en la misma aparezcan las dos y la gente se presente a la 2º. En ese caso siempre correra el riesgo de que haya quorum en la 1º y cuando llege usted tarde, a la hora de la 2º, ya haya asuntos tratados y votados.
Esa es la forma legal.
Normalmente se convoca directamente en segunda convocatoria. Se necesita doble mayoría, votos y cuotas, de los presentes, y representados en la reunión.Si hay morosos no pueden votar.
Póngase de acuerdo con los otros cuatro, soliciten que en la próxima junta se incluya en el Orden del Día y tema solucionado. (Acuerdense de pedir presupuesto previo a otros administradores para tener el cambio lo mas adelantado posible).
Buenas, somos cinco viviendas en un edificio donde existe un administrador que no está haciendo bien su trabajo, si bien tiene una buena amistad con uno de los propietarios. Que es necesario o cual es la situación que se debe de dar para prescindir de él y contratar uno nuevo?
Quiero decir, si se vota y cual sería la mayoría, etc.
Gracias de antemano.