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Administrador y presidente incumplen acuerdo de junta

1 Comentarios
 
11/06/2019 18:55
ernestobar
El Presidente es el órgano de representación de la Comunidad de Propietarios, y quien contrata con terceros, pero la decisión del contrato es de la Junta (salvo urgencias).

Responde de su buen hacer a través de la responsabilidad contractual de los artículos 1101, 1902, y 1726 y siguientes del Código Civil.

Para demandarlo la Comunidad, se debe convocar una Junta con ese objeto concreto; si lo demanda un particular no hace falta Junta ni acuerdo previo.
Administrador y presidente incumplen acuerdo de junta
11/06/2019 13:56
El Administrador de mi Comunidad ha dado luz verde a que el Presidente autorice un contrato contrario a la decisión de la Junta de Vecinos.

1. La Junta de Vecinos aprueba NO autorizar una subida de precios de un proveedor
2. Se designa un grupo de vecinos para encontrar otro proveedor según condiciones aprobadas en Junta.
3. Se encuentran varios proveedores y uno de ellos cumple con todo lo exigido por los vecinos.
4. El Presidente hace caso omiso y junto con el Administrador aprueban un contrato contrario a la decisión de la Junta. Se les advierte y no modifican su decisión haciendo pagos a esta empresa que no deberían hacer.

¿Es denunciable?