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administrador único

2 Comentarios
 
17/07/2008 19:54
Muchísimas gracias !!!!!!!!!!!!
Yolanda
17/07/2008 12:21
Es muy difícil dar una respuesta concreta con tan pocos datos.
No obstante, se puede dar una respuesta general y, a la vista de ella, la aplicas a tu caso partciluar.
El principio general es que el Administrador no responde de las deudas de la sociedad.
Dicho esto, hay que mencionar algunas excepciones, por ejemplo los impagados a Hacienda o Seguridad Social. Además hay una posible responsabilidad ante la sociedad y los socios si no ejerce el cargo con la debida diligencia, aunque esta última creo que es parecida a la responsabilidad que, en general, tiene cualquier profesional.
En rsumen, si tu marido se preocupa de que la sociedad cumpla puntualmente sus obligaciones con Hacienda y la S. Social y actúa con la suficiente diligencia como administrador, no tiene nada que temer.
Administrador único
17/07/2008 08:16
Os ruego encarecidamente vuestros comentarios a mi mensaje del día 14.07.08.

Mi marido firmará en breve su cargo de ADMINISTRADOR UNICO y no comprendo la legislación vigente.

Me lo puede aclara alguien ???