Tengo 71 años. Estoy jubilado y percibo una pensión. Soy accionista de una S.L.. Mi participación en el capital es del 1%. Resto de capital mis dos hijos a partes iguales. No conviven conmigo .Los únicos activos de la sociedad son dos inmuebles y sólo percibe alquiler por uno de ellos. No está dada de alta ni en el Impuesto de Actividades económicas ni en el IVA. No tiene empleados.Tiene un objeto social amplio.
Mi pregunta es: ¿Puedo ejercer de Administrador Único sin perder mi pensión?
La pensión es compatible con el cargo de administrador de una sociedad mercantil. Por tanto, desde ese punto de vista no hay problema siempre y cuando la labor desempeñada sea la de administrador y no otra.
El problema parece estar en que teniendo ingresos, la sociedad no se encuentre de alta en el IVA. A primera vista parece extraño. Antes de hacerse cargo de la sociedad como administrador compruebe que todo está en orden o puede terminar pagando las consecuencias pues los socios son responsables por el porcentaje de que disponen en el capital social pero los administradores no tienen ese límite y pueden terminar haciéndose cargo de todas las deudas.