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Administrador según la LPH

4 Comentarios
 
Administrador según la lph
07/05/2007 19:00
Creo que cualquier propietario con cualificación suficiente puede ser Administrador de una Comunidad si es elegido para ello. O que el mismo Presidente puede desempeñar funciones de Secretario y Administrador. O que un Administrador profesional puede hacerlo.
Pero, mi pregunta es ¿Una persona ajena a la comunidad y que no ha sido nombrado en Junta puede serlo, aunque haya sido designado por el Presidente, y además, cobrando de la Comunidad?
¿Hay Colegio Oficial de Administradores de Fincas?
¿Que titulación oficial se requiere para ser Administrador de Comunidades?
Gracias.
08/05/2007 09:05
¿Una persona ajena a la comunidad y que no ha sido nombrado en Junta puede serlo, aunque haya sido designado por el Presidente, y además, cobrando de la Comunidad?

No. Eso es un escándalo. Pero es que hay tantos que ya ...

¿Hay Colegio Oficial de Administradores de Fincas?

Sí.

¿Que titulación oficial se requiere para ser Administrador de Comunidades?

Depende de la comunidad autónoma. En algunas, ninguna.
08/05/2007 13:32
Donde digo comunidad autónoma quería decir provincia.

Lápsus.
09/05/2007 09:54
Lapsus, coño. Lapsus. Sin acento.

Que me estoy mareando ya con tanto administrador chorizo.
10/05/2007 19:35
Gracias ardilla, por tu respuesta, tu matización y tus "tacos".
He ido al Colegio Oficial de Administradores de Fincas y este individuo que se presenta ante el Notario como "administrador de la comunidad", realmente ni está colegiado, ni es administrador, ni lo conocen en el Colegio. Claro, por eso en el Comité de Dirección de la Comunidad, las funciones de Presidente, Administrdor y Secretario las ejerce el Presidente, y él figura como "encargado de la oficina de admistración", por lo que cobra un dinerito muy "apañao", pero, como no recibía el Acta de la Junta, requerí al Presidente notarialmente para que en mi nombre pidiera el acta, con motivo de que no se agotaran los plazos para impugnaciones (que es lo que venian haciendo), y este individuo atendió al Notario consta en el acta su nombre y que actua como "administrador de la Comunidad".
He pedido una certificación al Colegio de Administradores donde diga que no es administrador y se lo daré a mi abogado, a ver que pasa. No creo que diga que el Notario se ha equivocado, porque cuando se le "cuela" algo, siempre es un "error".
De todas maneras, si alguien me puede decir algo de este tema, gracias.