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Administrador se niega a aplicarme el coeficiente

40 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 40 comentarios
13/09/2018 12:28
Calatayud84
Si un acuerdo tomado en junta entiende usted que no se ajusta a derecho, impúgnelo. Las leyes están para cumplirlas pero el que garantiza su cumplimiento es la autoridad judicial, que para eso está, no se aplican solas si alguien decide hacer de su capa un sayo. Me parece que está dando usted palos de ciego, que si contra el administrador, o contra quien sea por no aplicar las leyes, sin querer utilizar el mecanismo que existe para hacer que se cumplan. Eso es un brindis al sol. ¿Cuál es el motivo de no impugnar el acuerdo?
No quiero ser pesado pero insisto en mi analogía: si su vecino le roba la cartera, ya puede insistir en convencerle de que eso no es legal, echar la culpa al administrador o al presidente por ponerse de su parte, o cargar contra el sistema legal por no acudir a su rescate sin usted denunciarlo. Pues leches: denuncie. Cuanto más tiempo deje pasar, peor.
El administrador está para lo que está, es un gestor de la comunidad, no un juez. Es que se equivoca si se cree que está para suplantar al juez. Es un asunto entre usted y su comunidad, el administrador podrá mediar pero no puede decidir en nombre de la comunidad. Y menos mal que es así.
12/09/2018 20:49
Calatayud84
El tiempo puede jugar en su contra.
Por supuesto que puede consegirlo, por las buenas que en junta se trate el tema y la comunidad ceda, cosa poco probable. Usted debera indicar que impugnsra esa costumbre dado que no esta inscrito en el registro
La otra via, es impugnar esa costumbre, pero solo tiene un año para impugnarlo desde el momento que ha tenido conocimiento de ello. Por eso lo del tiempo
12/09/2018 18:47
Calatayud84
Mi caso es el mismo. Heredamos un local y nos toca pagar a partes iguales. He pedido el libro de actas y después de leerlo en 30 años de vida de la comunidad no ha habido votación para ese tema, solo pone que se hace así por costumbre. Voy a enviarle al administrador una carta certificada con acuse de recibo exponiendo que en la próxima junta se incluya el punto:
Establecer criterio de pago por cuota de participación. Creen que tenemos alguna posibilidad de conseguirlo? Somos cinco locales a favor y dieciocho vecinos están en contra, porque a ellos no les conviene claro. Gracias.
26/08/2018 13:07
Calatayud84
¿Este documento seria el titulo constitutivo de la comunidad?. SI
Según consta en estos estatutos, los gastos de sostenimiento de la comunidad, serán pagados según las cuotas de participación? SI.
a la tercera; es que ustedes no contribuyen según coeficiente? si es así es muy extraño dado que en la EONDH figura que es por coeficiente y según usted existen registrados unos estatutos que lo corroboran, entonces dónde está el problema?
26/08/2018 12:40
Calatayud84
Se habla mucho sobre el titulo constitutivo en este foro.
En el registro de la propiedad, sobre mi comunidad me facilitan, pagándolo, foto copia de un documento, escrito a mano, en el cual se describen, creo, los fundamentos de la comunidad.
En este documento, se describen todas las viviendas y locales, cada cual con su cuota de participación.
En este documento están también registrados los estatutos de la comunidad.
Según consta en estos estatutos, los gastos de sostenimiento de la comunidad, serán pagados según las cuotas de participación.
Mis preguntas son: Primero, ¿Este documento seria el titulo constitutivo de la comunidad. ¿
Segundo, ¿Lo que consta en ese documento a día de hoy, se debe aplicar a la distribución de los gastos comunitarios . ¿
Tercero, ¿ Si se llegó en algún momento, a algún acuerdo para mudar esta forma, pasando a cuotas iguales y fijas, la comunidad tiene la obligación de darme copia del acuerdo tomado, ¿ .
25/08/2018 16:14
amadeo2002
Muy bien dicho asi van las cosas en el país. Esto se deberia poder denunciar gratuitamente en el ayuntamiento igual que puedes denunciar un aire que te molesta esto deberia ser igual. Vale que se denuncia de todo pero para eso habria un filtro para tramitar o desestimar. Puse una reclamacion a consumo y estos me remiten al consorcio del habitatge que dudo me puedan ayudar ya que hay que impugnar pero sigo pensando que me estan robando.
25/08/2018 16:05
Calatayud84
El que un administrador este colegiado, no garantiza que se conozca la ley.
claro que no todo el colectivo de administradores son el diablo, pero en todos los blogs hay pruebas que bastantes profesionales hacen y deshacen a gusto, ocultan datos, aceptan comisiones, se creen dueños de los edificios, su comportamamiento es dictatorial, no presentan presupuestos, ocultan y engordan gastos, no remiten actas, no aconsejan y cuando lo hacen es tarde y mal, y seguro que se me olvidan comportamientos irregulares.
No, no son diablos, pero muchos tampoco son seres ejemplares y honestos.
A mi y a muchos afectados por este colectivo que lo unico que consigen con su irregular comportamiento y falta de profesionslidad, es que se dude de la honestidad de todos, no nos sirve para nada que ahora salga alguien diciendo que " yo no soy asi, que todos no somos iguales". Señores ponganse las pilas, y a traves de sus colegio, desenmascaren a todos los corruptos, que perjudican a propietarios y sus miasmas salpican a todo su colectivo
25/08/2018 12:44
DickTurpin
Entiendo lo que me comentas y tambien la postura del administrador que como dicen es un mero empleado de la comunidad y la comunidad su jefe pero entonces me pregunto para que queremos un administrador colegiado se supone que es el que conoce las leyes y las aplica para evita conflictos. Para hacer lo que hace lo puede hacer cualquiera esto deberia estar regulado de forma distinta. Saludos.
25/08/2018 12:33
Calatayud84
Lamento que sea así, aunque no le eche usted la culpa a su administrador, porque se debe a los acuerdos aprobados en la junta y lo malo que tienen las comunidades de propietarios es que cuando un administrador intenta aplicar la ley, se va ipso facto a la calle, así que no les queda más remedio que tragar y hacer lo que le digan los propietarios que llevan la voz cantante y quitan y ponen a los administradores mientras que los demás les siguen.

Respecto a esto último, hay algún forero que opina que el diablo es el administrador, pero yo sigo opinando que no. Que los responsables son los que votan y los administradores no votan.
25/08/2018 11:48
DickTurpin
Gracias por la respuesta Dickturpin, la verdad que hay mucha controversia con este tema, realmente el articulo de la lph dice que los acuerdos no registrados no afectan a terceros y que para cambiar el sistema legal o sea por coeficientes debe haber unanimidad, y en estos presupuestos no la ha habido, entonces nose que problema hay en aplicarmelo o ganar un juicio con la ley en mano pero en fin querer aplicar la ley es muy caro, estoy mirando de impugnar veremos si ne sale rentable, sino otra forma de tocar lo que no suena es dejar de pagar una parte cada año, por poco dinero no les va a salir a cuenta denunciar y si la cosa se pone fea pues se paga lo que se debe y ya esta y asi voy mareando cada año. Un saludo.
25/08/2018 11:36
Calatayud84
Puede pagar con arreglo a coeficiente si así lo estima oportuno, pero corre el riesgo de que le reclamen la diferencia a través del procedimiento monitorio y prospere la reclamación de la comunidad, porque en el procedimiento monitorio no podrá usted discutir el sistema de reparto aprobado en junta, sino que le dirán que debió impugnarlo, de modo que además de pagar, tendría que afrontar el pago de intereses y costas, en su caso.

Lo mire por donde lo mire, la única manera que tiene de revertir el sistema de reparto es la impugnación y ya le he explicado cual es la situación en un comentario anterior, porque aunque usted crea que lo tiene ganado, quizá no sea así.
22/08/2018 17:44
Calatayud84
Bueno no le demos mas vueltas al tema igual que yo tengo que denunciar tambien puedo dejar de pagar una parte y que me denuncien ellos si lo creen conveniente si asi vamos
22/08/2018 17:10
Calatayud84
no se trata que un vecino no pueda instalar un compresor en el aire, se trata que en la comunidad no se pueden instalar y el vecino lo tiene instalado, idem con la morosidad, no se trata la deuda de un vecino, se trata que la comunidad se tiene que pagar y existen vecinos que no cumplen con la normativa establecida.

todo lo acordado en las comunidades son normas comunitarias, lo que se trata de forma particular son los propietarios que no cumplen lo establecido.
22/08/2018 17:02
Victor24
A no? No se puede tratar el permiso para que un vecino pueda instalar un compresor de aire en patio de luces? Porque esto si se ha tratado. O denunciar a un vecino por morosidad? Claro que se pueden acordar temas particulares, se puede tratar lo que quieran vaya...luego la resolucion ya se veria. Igual que el bajos no pague ascensor, es lo mismo. Gracias por aportar igualmente es bueno tener diferentes puntos de vista.
22/08/2018 16:53
Calatayud84
en la comunidad, se toman acuerdos comunitarios no particulares, por lo que no se podría acordar algo para algún vecino.
22/08/2018 16:49
Calatayud84
Aunque esten fuera de la ley? No estoy de acuerdo las leyes estan para no entrar en estos conflictos de como se reparte y tal. Entonces si la mayoria de los vecinos decidimos que el vecino del segundo pague el solo la electricidad y agua de toda la escalera porque mira nos cae mal, como lo decimos la mayoria el admin que es nuestro empleado tiene que apoyarnos y si a este no le gusta que impugne. Las cosas creo que no van asi vaya, sin leyes hay desmadre y abusos como este.
22/08/2018 16:37
Calatayud84
claro, se deben de seguir los acuerdos en junta pese a que no sean del agrado de todos...
22/08/2018 15:17
Calatayud84
Gracias por tus aportes. Lo pedi y se volvio a tratar en junta y no hubo unanimidad ya que los vecinos con menor coeficiente somos minoria y se aprobaro igualmente referenciando a que años anteriores se ha hecho asi aunque yo lo pido desde que entre. Entiendo que no se cumple la ley, si ahora los vecinos que tenemos menos coeficiente aportamos las cuotas por coeficiente a la fuerza estariamos incumpliendo nuestras obligaciones?
22/08/2018 15:03
Calatayud84
El administrador es un empleado de la comunidad, no un juez. No puede imponer nada a quien le contrata, que es la comunidad.
Y no, no incumple la ley. Primero que no se ha ni siquiera votado en junta, luego que tú le pidas o le digas algo a él no deshace un acuerdo aprobado por unanimidad en su momento. Tienes que plantear que se vuelva a votar para deshacer esa unanimidad, si no, el acuerdo sigue en vigor. Y segundo, porque él hace lo que le encarga la junta (su jefe, quien le contrata) hacer, y no puede tomar acciones que no se han aprobado en junta (eso sí que sería ilegal, no por parte de la comunidad, sino por parte de él, como administrador). Es un problema entre tú y la comunidad, no del administrador, aunque como digo, este sí que debería informar a la comunidad de la impugnabilidad de un acuerdo tomado en junta, si es que el tema se plantea, se vuelve a votar, y deciden seguir manteniendo los pagos ignorando las cuotas. De momento esto ni ha pasado, para saber si el administrador no va a hacer lo que corresponde, que es informar de eso, que entiendo que como profesional lo sabrá perfectamente. Es lo máximo que pueden hacer los administradores cuando se aprueba un acuerdo que puede ser declarado nulo o ser impugnable, ejecutarlo, y esperar a que te impugnen. Es como un abogado, este al final hará lo que tú le digas, si le dices que denuncie algo lo hará, aunque sepa que no te van a dar la razón, porque el que denuncia no es el abogado, eres tú. El administrador no sustituye a la comunidad, es solo su empleado, un gestor y asesor, que hace lo que esta le dice, descargando de trabajo al presidente, sobre todo.
Si queréis prescindir del administrador y hacerlo todo vosotros, adelante. Claro que podéis, no es obligatorio tener administrador. Pero por experiencia (no soy administrador, pero sí miembro de dos comunidades) ya te digo que por los 4 duros que sale repartido, es lo mejor que podéis tener.
22/08/2018 13:13
paquito xocolatero
Entonces el administrador al no haber unanimidad para hacer el pago de una forma diferente a la ley y a falta de estatutos es este el que incumple la ley