Cordial saludo,
este es el caso : el conjunto tieneuna deuda desde el año pasado con la empresa de vigilancia avantes. Que paso? varias cosas primero se le cancelo el contrato a la empresa eso lo hizo el anterior adminsitrador , entonces como el conjuntò debia dinero referente al pago de los servicios de la empresa , el conducto regular que seguìa avantes era enviar la secretaria o algùn otro miembro para recoger el dinero de mano del administrador en efectivo, al entregar le dinero el adminsitradopr debìa firmar un comprobante donde el emisario de avantes firmaba el haber recibio el dinero. Que sucediò ? que hay varios recibos sin firmar donde el anterior administrador argumenta que le pago a avantes , sin embargo avantes afirma que no se le pagò la suma de 2.800.000 . Por otro lado como las relaciones comerciales estaban mal entre el adminsitrador anterior y la empresa durante muchos meses no les pagaron a los celadores (empleados de avantes y que prestaba sus servicios en nuestro conjunto) de modo que el administrador solidarizandose con la deuda decidiò dar unb adelanto de 500.000 a cada uno de los 6 celadores puesto que en su empresa les argumentaban que no les iban a pagar hasta que no les poagara el conjunto. Adicionalmente se quedò debiendo la suma de 2,600.000 aprox a la empresa porque no habia dinero para pagar. Este año llegò una carta de Covinoc ( puesto que la empresa le vendiò la deuda) con un cobro de 10.000.000 justificados asi: $5.000.0000 del mes de octubre y $ 5.000.000 del mes de noviembre. La empresa no querìa rfeconocer los pagos que se habian hecho a los celadores por parte del conjunto aunque ellos firmaron recibir el dinero y en ningùn momento lo estaban cobrando a avantes s.a., la actual administradora procediò entonces a ir a conciliar con avantes junto con el adminsitrador anterior, quien afirma que pagò los 2.800.000 a avantes sin embargo avantes sigue afirmando que no se le pagò ese dinero y que ellos reconcoen unicamente lo firmado por ellos. En total se deben avantes casi 6.000.000 de los cuales el conjunto adeuda los 2.600.000 de lo que se hablò arribla, pero los 2.800.000 quien los debe pagar? la adminsitradora actual afirma que iniciarà un proceso con el anterior administrador para que el pague esa deuda, mi pregunta es si el consejo anterior tambièn debe pagar ? y ¿ el administrador anterior debe pagar, o el conjunto residencial? ¿ què repercusiones legales tendrìa para el anterior consejo esto ? que normatividad apoya la conclusiòn del caso?.Agradezco en gran manera su tiempo y colaboraciòn.