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administrador que no denuncia

4 Comentarios
 
10/10/2004 00:28
La facultad paara iniciar un proceso monitorio contra los propietarios morosos, no es privativo del administrador de la finca. Esta cita de la Ley de Propiedad Horizontál, puede ayudarte; " Las obligaciones a que se refieren los apartados e) y f) del artículo 9 deberán cumplirse por el propietario de la vivienda o local en el tiempo y forma determinados por la Junta. En caso contrario, el presidente o el administrador, si así lo acordase la junta de propietarios, podrá exigirlo judicialmente a través del proceso monitorio.
2. La utilización del procedimiento monitorio requerirá la previa certificación del acuerdo de la Junta aprobando la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios por quien actúe como secretario de la misma, con el visto bueno del presidente, siempre que tal acuerdo haya sido notificado a los propietarios afectados en la forma establecida en el artículo 9."

De modo que si el administrador no quiere interponer la demanda, puede hacerlo el Presidente de la Comunidad.

Y el administrador, si asi lo acuerda la junta, puede buscar otros pagos.
08/10/2004 22:18
hay que despedirle
05/10/2004 15:59
me gustaría saber que tipo de responsabilidad se le puede pedir y si lo tiene que aprobar toda la comunidad. ¿Hay que denunciarle en algun sitio o hay que despedirle?
05/10/2004 14:28
Se le puede pedir responsabilidades. Una de las obligaciones del Administrador es llevar a cabo lo que se apruebe en Junta.
Administrador que no denuncia
05/10/2004 13:33
quisiera saber que puede hacer una comunidad cuando acuerda denunciar a los vecinos morosos y el administrador de la misma no lo lleva a cabo. ¿Se le puede obligar a que ejecute el acuerdo? Gracias