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Administrador/Presidente

3 Comentarios
 
Administrador/presidente
10/11/2004 17:13
Nos gustaria que alguien nos pudiera ayudar.
Que se puede hacer cuando:
.-El administrador de la comunidad tambien ejerce de presidente,vive en la comunidad y ademas comete los siguientes delitos:
1.-En la reuniones de la comunidad, en las votaciones se impone con sus supuestos votos delegados que son falsos.
2.-Se lleva de los proovedores de la comunidad una muy importante comision.
3.-No realiza las actas de las reuniones ni se las entrega a los vecinos.
4.-Se a puesto un sueldo de 1400€ mensuales.
5.-Tiene su despacho profesional en una vivienda de la comunidad,cuando segun los estatutos de la misma esta prohibido.
6.-Cuando se le pide algun tipo de documentacion de la comunidad, facturas,actas,etc,contesta que no nos las entrega,que le denunciemos.
7.-Es el tesorero de la asociacion general de comunidades,etc.
8.-Vende los pisos de la promotora, osea como para reclamar algo a dicha promotora.

PUES TODO ESTO Y MAS ES EL PRESIDENTE/ADMINISTRADOR DE NUESTRA HUMILDE COMUNIDAD.
Gracias
10/11/2004 17:30
Este sr del que hablas esta:
1) Incumpliendo sus obligaciones como presidente: tiene obligación de redactar las actas en un plazo de 10 dias desde la celebracion de la junta y entregar copia de la misma a los propietarios. Tambien tiene la obligación de poner a vuestra disposicion la documentacion que le soliciteis relativa a la comunidad y deber de conservarla durante cuatro o cinco años (no recuerdo exactamente si son 4 o 5)
2) Cuando hablas de votos delegados supongo que te refieres a que actua en representación de otros propietarios, te comunico que para ello debe presentar un escrito de representacion, es decir, un documento donde el propietario del piso o local le concede a vuestro presidente poder de representacion para opinar y votar en su nombre en la Junta, sino este sr no puede actuar en nombre de otros propietarios y lo que vote en nombre de fulanito o citranito alegando que fulanito o citranito asi se lo ha comunicado no debe tomarse en cuenta.
3) NI que decir tiene que no puede llevarse comisiones de los proveedores y mucho menos recibir sueldo por sus funciones de presidente porque el cargo de presidente de la comunidad no es un cargo retribuible economicamente.
4)Tampoco puede instalar su despacho en el edificio si los estatutos lo prohiben esta vulneración de los estatutos supone que lo podeis demandar (como propietario que es) por realizar actividades prohibidas por los estatutos.
Yo podría este asunto de inmediato en manos de un abogado para empezar a tomar acciones judiciales cuanto antes.
Ah! Ademas te comento que podeis destituirlo por acuerdo de la mayoria que represente la mayoria de cuotas de participacion. Convocad junta (solicitud al presidente de propietarios que reunan el 25% de cuotas de participacion) y en esa junta votad su destitución, eso sí, sin aceptar los votos que el alegue de otros propietarios y que no pueda justificar mediante el escrito de representación que te comenté. Una vez que lo destituyais tomad contra él las acciones legales pertinentes, empezando por exigirle que quite su despacho del edificio proque supone una actividad prohibida por los estatutos. Y luego exigirle todas las responsabilidades por incumplimiento de sus deberes como presidente y pro contravención de la ley de propiedad horizontal.
De todos modos, yo antes de nada pondria el asunto en manos de una abogado. Asi a todo espero que esto te sirva de ayuda. Suerte.
10/11/2004 17:42
Gracias por contestar,
Decirte que ya tenemos el 25% de votos delegados y hemos convocado una reunion.Nos gustaria saber donde tenemos que denunciarle, ya que estamos dispuestos a hacerlo 36 vecinos y donde le podemos denunciar al colegio de administradores para que sepan las andanzas de este señor.
Decirte a mera informacion que se anuncia en este portal,por lo que espero que por parte de los administradores de este foro,nos dejen expresarnos libremente, ya que simplemente esponemos un hecho que puede interesar a bastante gente.
Gracias
10/11/2004 19:34
Si quereis poner en conocimiento del colegio de administradores esta situación para que tomen las medidas pertinentes respecto a este sr, empezaría por acudir al colegio de administradores que se corresponda con la zona donde esta vuestro edificio.
Yo de todos modos acudiría a la via judicial.
Por ej, si quereis que este sr quite el despacho de su vivienda, primero tendreis que comunicarselo de modo fehaciente (mediante burofax) que no puede tener ahi el despacho porque los estutos se lo prohiben y que debe quitar el despacho de su vivienda, pero si no acepta la unica forma es ir a pleito. Yo desde luego pleitearia al menos para recobrar las sumas que se abona a si mismo en concepto de salario y que seguro que esta pagando la comunidad, cuando , como te he dicho el cargo de presidente no tiene retribución monetaria.
Ademas, siendo 36 vecinos no creo que os salga muy caro ponerlo en manos de un abogado y pagarlo entre todos, ten en cuenta que el asunto va a valer los mismo os lo lleve a 36 que a 1, con la diferencia de que os va a salir menos a pagar por cabeza.
Decidais lo que decidais os deseo suerte.