El primer administrador ya ha sido echado del Colegio de Administradores de Fincas y se está quedando con el dinero que le aportan los venidos que aún confían en él (cada vez menos pero algunos propietarios desconocen que exista otra administración). Este administrador, supuestamente, tiene comprado al presidente y a los porteros. Por su iniciativa, el presidente de su comunidad de propietarios, es quien denuncia el resultado de la votación que elige una nueva junta de propietarios y un nuevo administrador.
Se da la curiosa circunstancia de que el presiente que actua en la segunda administración era el presidente de la primera, que ahora tiene otro.
Los juicios ya se han dilatado durante 4 años, por los que algunos vecinos interpretan que realmente la primera administración y la segunda, con el presidente coincidente en distintos tiempos, es lo mismo.
A todo esto la finca continua un deterioro continuo e implacable. El último año estuvo sin ascensor, un edificio de 15 plantas, se han instalado ocupas y hay comercio de drogas, además de una enorme lista de morosos que ninguna administración denuncia. Esto no parece interesar a ninguna de los presidentes ni a ninguna de las administraciones, solo a los vecinos que están intentando llegar al 25% (aún no lo tienen) para conseguir convocar una Asamblea Extraordinaria y cambiar al presidente por otra persona sensible a las dificultades por la que estar atravesando.
Lo anterior es la razón por la que un grupo de vecinos desearía que fuese un administrador judicial quien se hiciese cargo de la finca y asegurarse que el dinero que ingresan (en una administración u otra, realmente va a parar a gatos necesario del inmueble).
¿No existe ninguna manera de que un grupo de vecinos solicite la participación de un administrador judicial? De existir alguna fórmula ¿Me lo podría indicar? Gracias
No veo, como el administrador anterior, puede llevar a juicio a la comunidad, por el nombramiento de nuevo administrador, por acuerdo tomado en junta general. Como mucho podrá demandar a la comunidad, por deuda económica, pero nunca por nombramiento de nuevo administrador.
Esa demanda en todo caso, la podían poner uno o varios propietarios, si estiman que el acuerdo no ha sido válido, pero nunca el administrador saliente.
Una Comunidad de Propietarios tiene desde hace 4 años dos administradores de fincas. El segundo administrador fue elegido en una Junta de Propietarios legalmente constituida. Sin embargo el primer administrador denunció y ha estado dilatando los juicios de forma que en este momento, después de cuatro años, existen dos administradores. Los propietarios están estudiando la posibilidad de acudir a un administrador judicial. Se da la circunstancia de que el Presidente de la primera administración ya no es propietario dado que vendió su inmueble y no quieren (administrador y otros representantes) convocar ningún tipo de junta. Y el presidente de la segunda administración, que antes lo fue de la primera tampoco quiere convocar ningún tipo de Junta (ni ordinaria ni extraordinaria), lo que quiere es esperar al resultado de los juicios. A todo esto los dos administradores cobran por la totalidad de los inmuebles de la finca, no solo por los que pagan las cuotas de la comunidad en una administración u otra. Los interrogantes son los siguientes:
- ¿Quien puede solicitar el concurso de un administrador judicial (un propietario, un grupo de propietarios, el vicepresidente u otros vocales, ninguno)?
- ¿Qué trámites hay que seguir para solicitar la participación de un administrador judicial?
- ¿Es legal que el administrador cobre la totalidad de sus honorarios de las cuotas de la finca o solo de aquellos que abonan la cuota en su administración y le reconocen como administrador?