Normativa al efecto no existe si todos los propietarios están dispuesto a pagarle. El cargo se supone gratuito siempre que éste vaya cambiando anualmente, pero si su cargo es perenne por decisión de la junta de propietarios y usted es conforme, puede plantear el percibir una gratificación por la dedicación que conlleva estas responsabilidades. Hay propietarios que acuerdan con el resto de vecinos no pagar la cuota comunitaria quedando de esta manera compensados por la dedicación por este trabajo.
Si lo que hicieron fue contratarle como administrador, es lógico que cobre.
Si le eligieron en circunstancias normales, como copropietario que es, es de suponer que no está presupuestado ese pago, por lo que no puede cobrar, otra cosa es que lo coja sin estar autorizado para ello.
Haber si alguien me puede responder a mi gran duda, ¿Hay alguna normativa legal que impida a un Administrador cobrar por gestionar la comunidad a la que pertenece por ser propietario?