Ese dinero no tiene que tenerlo el Administrador. Debe estar en una cuenta bancaria a nombre de la Comunidad.
¿Que dice el Presidente de la Comunidad a todo esto?.
Indemnizan a tanto alzado a la comunidad y posteriormente el Administrador repartirá entre los afectados, teniendo en cuenta todos los informes técnicos, repartiendo a proporción.
Imagine usted que la suma de todos los daños de los afectados ascendiera a 14.000,00 €.
La comunidad únicamente ha cobrado 8.000,00 € del seguro. Si a su cliente le deben pagar 7.000,00 €, únicamente quedarán 1.000,00 € para pagar al resto de afectados.
Perdón, me he dejado una parte de la respuesta.
1. No me han facilitado ese dato. Al resto apenas (o nada) le ha afectado porque las obras son a nivel de suelo donde este hombre tiene su local.
1. Los daños fueron baldosas levantadas, humedades importantes, etc., porque reventaron algunas cañerías debido a las obras. Se realizó pericial en su momento.
2. No se sabe quién tiene ese dinero, lo que sí sabemos es que todo el mundo cobró lo suyo salvo el cliente. Pese a ello, la abogada que lleva el caso insiste en demandar a la Comunidad de propietarios.
3. Solo estoy en último curso de carrera en prácticas, aún me queda un tiempo para ser abogada. Me pidieron redactar la demanda y quería abordar todo cuanto fuera posible (lógicamente lo revisarán), pero hay datos que no tenemos y ello complica bastante las cosas...
cuales fueron los daños ocasionados y porqué?.
cuantos vecinos componen la comunidad?, ya que si el local cobraria 7000€ y el resto de la comunidad 1000€, me resulta cuanto menos chocante.
Hola, tengo una duda sobre las devoluciones que debe hacer el administrador de la propiedad. Os explico lo más brevemente que pueda la situación: una empresa está realizando obras, y, por los desperfectos ocasionados, concedió un global de unos 8.000€ a todos los afectados del edificio.
El mayor afectado, propietario de un local, debía recibir 7.000€ pero no se le han concedido aún. No sabemos quién tiene el dinero, pero el administrador nos dice que el afectado debe dejar que industriales acudan a su local a fin de realizar una inspección. Por supuesto se realizó en su momento una pericial y se tasó la cuantía, pero el administrador insiste.
Como comprenderán, en el transcurso de los meses el propietario ha hecho reparaciones y por tanto es ilógico, a mi entender, que envíen a un industrial a inspeccionar algo que ya ha arreglado el afectado pagando de su bolsillo.
¿Cómo reclamar al administrador o a la junta de propietarios? Es decir, estoy redactando la demanda, pero no sé muy bien cómo enfocarla, ni contra quién exactamente dirigirme. ¿Existe jurisprudencia relativa al caso? (he estado buscando horas pero apenas he encontrado nada)
Si me he dirigido a la sección equivocada o no me he expresado con la suficiente claridad, ruego me corrijan.