No digais que un admin no titulado puede hacer menos daño porque no es cierto, a igual da condiciones de error digo a uno titulado se le puede exigir y esta respaldado con un seguro de responsabilidad, uno no colegiado no, es mas si ademas el no colegiado esta cobrando por ello es un delito, por lo tanto creo que hay sustanciales diferencias....
Puede hacer tanto daño o más un Titulado que un administrador propietario de un piso que no tenga titulación ninguna. Al menos los errores de este último se corregirán igual, pero estarán justificados por su ignorancia en los temas administrativos.
vicente manuel; por favor, esplicate mejor; ?a que noticias te refieres¿ eso de ..... la importancia de la noticia es tremenda..........
?quien ha hecho esa versión sobre el daño que les están haciendo los administradores no titulados¿
Ha contestado el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España :
"Muy Sr. nuestro:
En respuesta a su consulta, le comunico que puede dirigirse a este Consejo General para solicitar la información a la que Ud. hace referencia.
Atentamente.
Carlos Domínguez García-Vidal
Secretario Técnico del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas
Pza. Marqués de Salamanca, 10 3º Izda - 28006 Madrid
Tfno: +34 91 575 73 69 Fax: +34 91 575 12 01
secretaria@cgcafe.org"
La importancia de la noticia es tremenda, ya que precísamente los que más daño le están haciendo a esta profesión son los administradores no titulados, que, viendo las graves deficiencias que padece nuestra Justicia, se aprovechan de la circunstancia, perjudicando al resto que por lo menos pagan sus seguros y cuota colegial.
Él dice que no es propietario . Vive con su pareja y dice que esta persona es la propietaria. En las Juntas nunca vota él sino es para representar a su pareja o a otros vecinos pero con su nombre no ha votado nunca.
No soy de Madrid sino de bastante más lejos pero os agradezco el interés. Con la información que me estáis facilitando creo que tenemos recursos suficientes para dar un primer paso. No obstante, como seguiré consultando en este foro, estaréis al corriente.
Lorea, el adminsitrador, ¿vieve ahí o es propietario?.
De todas las maneras, coge buzonea, menos a él y que sea él quien demuestre que no, ya que ese el procedimiento que el sigue y ¿ querra ir contra sus propios actos?
Lorea, sigue esos pasos, aunque si eres de Madrid igual puedo ponerte en contacto con alguien que os puede ayudar. Si estás interesada mandame un correo a laotradefag en gmail.com
Muchas gracias. He tomado buena nota del escrito que hay que enviar. Lo antes posible hablaré con el Presidente.
Otra cosa, cuando dices "se lo envían a los propietarios" ¿cómo hay que hacer el envío? Porque el administrador pone un papel en el portal y buzonea la convocatoria.¿ Nosotros lo tenemos que envíar por correo ordinario o vale de la misma manera?. De las dos formas se va a enterar : primero porque vive en la comunidad y segundo porque si le tenemos que pedir las direcciones para enviar por correo nos va a preguntar ¿para qué?
Lorea, como veo que no está sola, pues creo que tiene solución.
La convocatoria de Junta es potestad del Presidente, no del Administrador.
Coge y prepara el siguiente documento:
Comunidad de Propietarios de la finca tal
Convocatoria de Junta General Extraordinaria
Por la presente le convoco a la Junta General Extraordinaria de la Comunidad, que se celebrará el día tal, a tal hora en primera convocatoria y media hora más tarde en segunda, en tal lugar.
Orden del Día
1. Nombramiento de Secretario de la Comunidad
2. Nombramiento de Próximo Administrador de la Comunidad.
Nota.- El Secretario comenzará a ejercer sus funciones inmediatamente. El futuro Administrador comenzará a ejercer sus funciones a partir de la próxima Junta General Ordinaria, en la que deberá ser confirmada su elección.
En ...... a ... de .... de....
EL Presidente de la Comunidad
Fdo. Fulano de Tal
Se lo lleva al Presidente y lo envían al resto de los Propietarios. No hace falta que se lo envíen al Administrador, y mucho menos admitir a éste en la Junta. Como plazo, con un día va que chuta. Es una Extraordinaria. Y si el interfecto se entera, como es de suponer que en ese caso les intentará acogotar, le envían suavemente a la porra. Y no le dejen entrar en el lugar en el que hagan la Junta. Lo ideal sería que lo hiciesen en la casa de uno de Uds, con lo que si les aparece pueden llamar a la policía. O alquilar un local para la ocasión e impedirle la entrada. Y si molesta, llamar a la policía. Los hoteles suelen alquilar salones por unas 10 a 20 mil pesetas, que creo que es barato comparado con el beneficio que pueden conseguir. Además, ya se encargan ellos de solucionar conflictos si aparece el interfecto.
Mucha gente de la comunidad comenta lo mismo pero nadie se atreve a dar el primer paso. Tenemos un verdadero caos administrativo. En otras intervenciones de este foro he expresado la situación. La gente está cansada pero "¿quién le pone el cascabel al gato?"
El presidente está cansado, quiere dejar solucionado el tema para que el entrante no se encuentre con la misma situación pero hay tantos errores que corregir que no sabe por donde empezar.
Ya hay quienes han solicitado en la Junta que aparezca en el orden del día la renovación de cargos (lo decían por el administrador). Ya veremos si aparece en la próxima reunión en el orden del día.
Lorea, ¿está Ud. sola en ésto o podría tener el apoyo de más propietarios, incluido el del Presidente actual?
Si está Ud. sola y quiere seguir adelante, lo siento porque se va a dar cuenta de lo difícil que es el oficio de pastor. Los borregos solo hacen caso al que les azuza el perro para que les muerda y les tira piedras con puntería.
Si no está sola, digalo que la ayudaremos. Sin tener que hablar con colegio alguno, en todo caso, con el Juzgado.
No es así pienso yo, no creo que beneficie al Colegio de Administradores tener gente que les dé mala fama, si eres de Madrid igual puedo hablar con alguien para que os ayude.
Está colegiado en el Colegio de Administradores de Fincas, y ,que es abogado, lo suponemos porque nadie ha visto su titulación, pero me supongo que sí ( nos lo ha dicho él) porque si no fuera así no le habrían permitido colegiarse. La información de que está colegiado nos la dieron por teléfono desde el Colegio de Administradores..
Sí que hemos pensado dirigirnos con las quejas al Colegio de Administradores pero pensamos que por corporativismo nos van a dar largas justificándolo de cualquier modo y nos vamos a quedar exactamente igual que antes de ir.
Pero vamos a ver, que esté colegiado en el Colegio de abogados da totalmente igual, aqui lo que interesa es el del Administradores de Fincas, puede ser licenciado en derecho y no estar colegiado y si estarlo en Admin que es lo que nos interesa.
Lorea, vete al colegio de abogados de tu ciudad y pregunta si el "tal abogado" está colegiado como "tal abogado".
Debes de saber que para ello debe de inscribirse y haber tenido al menos una actuación en su profesion y pagar su licencia profesional.
en esta profesión de LPH hay muchos licenciados en derecho que obstentan indebidamente esta definición y no pueden utilizar este rango.
De qué ciudad eres?? Lo mejor es que hables con el colegio de administradores de donde seas, si es una ciudad grande seguro que hay sino creo q dependen de otros, lo que no sé es si hay subsedes o algo así...