Recomendar una web, bastante mala por cierto, así a lo bruto, no es lo más recomendable.
En esa web, solo en la portada, he encontrado varias faltas de ortografía como para profundizar más.
Toda demanda precisa, por ley, ser advertida previamente al objeto de poder llegar a un acuerdo extrajudicial. Cuando el administrador la recibe la debe de comunicar al presidente para tomar decisiones, entre la más recomendable es convocar una reunión extraordinaria para informar a los propietarios y tomar decisiones. Si no se contesta ese aviso previo al demandante es cuando se inicia la demanda en el juzgado. Le digo esto porque usted dice que han sido demandados sin conocer por qué le demandan. Es decir que ese administrador ha tenido que recibir esa advertencia y parece que tampoco les dijo nada.
Podría ser que esa mancomunidad tuviera estatutariamente alguna cláusula donde se específicara que la representación en juicio fuera esa administracion, (cosa rara) pero siempre el presidente debe estar informado.
Es que usted no firmó la demanda de su edificio?
El abogado puede sujerir lo que crea, pero la comunidad que es la dueña decide lo que quiera
Entonces no hay ningún propietario con la demanda?
Administrador de fincas (af) no facilita demanda a los vecinos.
La administración de finca hace 15 días, recibe 10 demandas (comunidad de vecinos la forman 8 portales, 1 intercomunidad y 1 garaje). Todas ellas demandadas por otra AF, por incumplimiento de contratos. (Hay 10 contratos, 1 x comunidad)
Yo soy presidente de mi portal y no se me ha facilitado la demanda (soy parte demandada), ya que un abogado que han contratado sugiere que no se dé copia de la demanda a los vecinos.
Todo ello ha provocado indefensión, de hecho a día de hoy no tengo demanda y el plazo de contestación finaliza el viernes.
He enviado emails a la AF y me da largas.
Que puedo hacer?
Mañana envío burofax.
Gracias.