Buenas a tod@s, me gustaría me ayudasen en la medida de lo posible respecto a la siguiente cuestión:
Somos una Comunidad muy pequeña (9 vecinos), pero a pesar de ello decidimos contratar a un administrador el pasado año.
Resulta que en las cuentas de la Comunidad faltan 3000 € que ha sacado el citado administrador para fines propios.
Mi pregunta es
-I ¿como puede sacar dinero si necesitaba la firma del presidente? Creo que se llama firma mancomunada.
-II Si sólo tenía acceso a las cuentas a efectos consultivos, ¿cómo ha podido sacar dinero a través de internet si no estaba autorizado?
-III ¿Se podría reclamar contra la entidad bancaria por tal negligencia?
Lo primero de todo es comprobar (el Presidente) que la cuenta que teneis en el Banco sea Mancomunada (se necesitan la firma del Presidente y Administrador para realizar cualquier movimiento en la cuenta), si es así, el error es del Banco, por no haber limitado a cualquiera de las partes para actuar en la cuenta indistintamente. Se puede considerar (es mi opinión) un robo en la cuenta, por tanto, podría ser denunciado el Banco (por permitir la movilidad de la cuenta por un solo firmante) como el Administrador (por aprovechamiento indevido de algo ajeno, sin consentimiento de la Comunidad de Propietarios).
Un saludo
MMM, si lo sacó por internet es que no necesita firma de nadie, sólo una tarjetita de coordenadas y la clave de la cuenta, así que responsabilidad del banco no hay, en todo caso del presidente si le dió la tarjeta al señor.
No obstante, delito hay. Denuncia al canto y que se tiren a por él..
Isd2, si lo sacó por Internet es que la cuenta es indistinta y no Mancomunada, ya que el Banco tiene la posibilidad de que las gestiones que se realicen por internet puedan ser mancomunadas, vía firma digital, que tienen que certificar a través de una transación electrónica las dos personas autorizadas. En algunos casos pasa, que el Banco aunque se le lleve el acta donde queda reflejado la Mancomunidad de la cuenta , éstos pasan y la realizan INDISTINTA. Si no te lees el contrato que se establece con el Banco, te puedes llevar una sospresa, como me parece que le está pasando a Lex artis, en definitiva un robo. Sí la cuenta está Mancomunada, entonces sí tiene responsabilidad el Banco, por permitir realizar una operación bancaria en contra de un acuerdo legal y que es sancionable a través del Banco de España.
Un saludo