Cualquier propietario que esté en esa situación, tiene derecho de pedir al Administrador una certificación de sus deudas de forma detallada, indicando las cuotas impagadas y los recargos.
Gracias por la respuesta Baranco. Lo que tu comentas es lo que está establecido en la mía. El problema en cuestión es que en una reunión el administrador escribió en el Acta posterior que cobraría según sus honorarios y se firmo por dos vecinos, sin leerla, ya que eso no es lo que se habló en la Junta Ordinaria. Ahora estamos en trámites para rescindir el contrato al administrador, por falta de confianza, pero no sabemos si nos va a reclamar los 40 €. Entiendo que si nos lo quiere cobrar nos tendrá que extender la correspondiente factura, de no se que servicio, porque no veo el trabajo que le conlleva al administrador el que un vecino pague tarde.
En mi Comunidad se aprobo cobrar un recago, por ingresar fuera del plazo establecido, de el 5% este recargo es para la comunidad no para el Administrador ya que el entre otras cosas tiene como misión la de cobrar, por lo tanto entiendo que no tiene derecho a cobrar extra por este concpto. Otra cosa seria que las reclamciones las haga un letrado independiente.
En mi Comunidad se aprobo cobrar un recago, por ingresar fuera del plazo establecido, de el 5% este recargo es para la comunidad no para el Administrador ya que el entre otras cosas tiene como misión la de cobrar, por lo tanto entiendo que no tiene derecho a cobrar extra por este concpto. Otra cosa seria que las reclamciones las haga un letrado independiente.
En mi comunidad, se aprobó cargar a los vecinos con un 5% de los 65 € que pagamos si lo hacían despues del 15 de cada mes. En la convocatoria a la última Junta Ordinaria, algunos vecinos vieron como debían 40 € llamando al Administrador para interrogarle, siendo la respuesta que era por cargo por morosos. El día de la reunión se le volvío a interrogar, dando respuestas evasivas, hasta que un vecino sacó un acuerdo de una reunión pasada en el que se le daba autorización al Administrador a cobrar a los morosos según los honorarios que constan en contrato. Mi pregunta es si es legal este hecho de cobrar 40 € por pagar 2 días tarde 65 € y mas aún que ese dinero no vaya a las arcas de la comunidad, sino del administrador. Los vecinos hemos estado mirando los contratos y no consta nada relativo a cobrar por gestiones realizadas a morosos. Gracias por anticipado.