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Administración

2 Comentarios
 
Administración
11/05/2006 10:45
Un copropietrario de la Comunitat de acuerdo con el administrador, ex propietario del piso, realizó unas obras sobre tuberias de dos cuartos de baño y sus bajantes, sin consulta ni autorización del presidente ni la Junta, independientemente. Aparte de si son legítimas, o no, dichas obras para pagar la Comunidad, el hecho de hacerlo por su cuenta, sin conocimiento de la Junta, ¿ és legal de requerimiento para recurso o impugnación y que requisitos son necesacrios...?
11/05/2006 11:22
Disculpa,quizá no entendí bien,pero si las obras son para mejora de condiciones en el interior de la vivienda es responsabilidad única del propietario de la misma abonar el precio de dicha reforma...Lo que no tengo muy claro es si debería haber avisado a los demás propietarios de la obra que iba a realizar.Ahora bien,si la obra afecta elementos comunes,dbiean haber avisado al resto de propietarios que hubieran decidido en junta aprobar o no la obra.Por lo tanto a traves de denuncia se pude considerar ilegal dicha obra y deberan deshacerla.
12/05/2006 13:10
Para Helmántica:
El presidente tuvo conocimiento del cargo a la Comunidad en el relevo de Junta y en el resumen del estado de cuentas. Dispongo copia de la factura
en que ésta señala: ..." problema en el desague de dos aseos(nuevos) siendo necesario romper el techo del piso de abajo, para poder realizar el cambio del tramo desde el segundo piso hasta la galeria para empalmar al bajante de la lavadora..." más el cobro " del estudio del problema... y pinturas..." Todo ello sin saber nada el presidente. Las dos partes omiten el tema y el administrador el informe solicitado. ¿Existe un área legal de impugnación ? Ahora hay otro presidente.
Gracias y un fuerte saludo.