Buenas tardes, acabo de recibir una carta del Ministerio de Educación en la que que se me dice que me dan dos meses para ir a juicio y que tengo un mes desde la recepción de la notificación para recurrir ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Intentaré explicarlo con mis palabras a ver si alguien me puede orientar o facilitarme su ayuda o asesoramiento técnico. En el año 2012-2013 solicité una beca del MECD para realizar el curso 6º, en el nivel OTROS ESTUDIOS, en el centro E.O.I DE ALICANTE, desglosado en los siguientes componentes:
1. Material Didáctico (Niveles medios) 204,00€
2. Suplemento Ciudades 204,00€
Con fecha de 13 ENE.2014 sale una carta del registro general de la Conselleria Deducación, Cultura y Deporte.
En dicha carta se me dice que habiéndose revisado las becas concedidas en el curso 2012/2013, se ha comprobado que de acuerdo con las bases de la convocatoria Resolución de 2 de agosto de 2012 se me concedió una beca por importe de CUATROCIENTOS OCHOS EUROS.
Que posteriormente a la concesión y pago de la beca se ha comprobado que Vd. no ha superado el 50% de las asignaturas o créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria, por lo que no me corresponde la ayuda adjudicada. Me dicen que a fin de evitar el oportuno expediente de reintegro, adjunto se remite el correspondiente modelo de pago (069) mediante el que puede reintegrar en el plazo de dos meses.
No estando de acuerdo con esta notificación que ni siquiera recuerdo si fue correo certificado, me presento en la Unidad de Becas de la Dirección Territorial de Alicante y en un escrito que me compulsan les explico que he solicitado una certificación académica en la que especifica que de las cuatro destrezas a las que me presenté en la prueba de certificación oficial de la escuelas de idiomas de Alicante aprobé tres de ellas con la calificación de APTO y con la calificación de NO APTO (Expresión e interacción oral). Lo cual solicito tengan en cuenta tras el requerimiento al que hacían referencia al haber superado más de un 50% de las cuatro destrezas requeridas para pasar el curso.
Respecto a la eliminación de la condición de presentarse a los examenes no creo que tengas ninguna posibilidad de reclamar, puesto que si no se recurrieron el acto de aprobación que contenía esas bases es firme y consentido.
Por lo que dices, te reclamaron la devolución de la beca sin abrite ningún procedimiento contradictorio. Eso es manifiestamente ilegal (aunque por la rutina en el funcionamiento de las Administraciones se comete el error). Antes de acordar la devolución tienen que abrir un proceso en el que te den audiencia y posibilidad de alegar y probar lo que consideres, para terminar resolviendo sobre la devolución o no. En la resolución además te deberán indicar los recursos que caben contra la misma. El plazo con que cuenta el organismo competente para iniciar el procedimiento de solicitud de devolución por incumplimiento es de cuatro años. Entiendo que no han actuado conforme a la legalidad, pero el problema es que los tribunales si observan que la resolución que hubiera recaido en caso de dar audiencia es similar, no lo valoran y dan la razón a la Administración.
Que dónde está tu llibertad de decisión? Ésta la deberías perder en el momento en que decides solicitar y te es concedida una beca de estudios.
Las becas deberían estar condicionadas, entre otras cuestiones, al aprovechamiento de los estudios cuyo colofón sería un aprobado alto de todas aquellas asignaturas becadas. Nada de únicamente presentarse a la convocatoria, en eso estamos de acuerdo.
Administracion pública: devolución y reclamación de beca de estudio
Me concedieron una beca de estudios y me la están reclamando, debido a que incumplí una de las condiciones que utilizan, para decir que no fue aprovechada la beca (no haberme presentado a mas de un tercio de los exámenes).
La notificación me daba 10 días de plazo para efectuar la devolución y no indicaba el plazo para interponer una reclamación. Cuando pude conseguir toda la documentación, presente un escrito con la documentación de todos los gastos. Al cabo de dos meses de haber presentado el escrito, me llegó una carta comunicándome que no había interpuesto una reclamación y que tenía 10 días. Pensando que no habían resuelto mi escrito debido a la fecha de salida del 2º comunicado, esperé un tiempo hasta que me llegó otro comunicado reclamando la beca.
1º) Quería saber, si legalmente, se podría pedir que se quitará la codición de la convocatoria, pues no cumple con la finalidad de comprobar el aprovechamiento de la beca, porque si alguién quisiera gastárselo en otra cosa, se presenta a los exámenes y no le reclaman nada. Otro motivo, es que no entiendo que para otros asuntos se pida la documentación y en este caso no. A parte por que tengo que malgastar convocatorias de exámenes cuando son limitadas, sabiendo que no voy preparado al examén (¿Dónde está mi libertad de decisión?
2º) En el 1º comunicado no me indicaba el período de reclamación, ¿no están obligados a comunicar el plazo?
3º) Me comunican que no he puesto la reclamación cuando si lo he hecho, entiendo que lo han perdido. ¿Cómo debo de actuar considerando que hay datos personales en ese incrito y me lo hayan perdido?¿Puede demandar a la administración de acuerdo a ley de protección de datos?
Nota: Está administración ha tenido muchas reclamaciones relacionadas con las becas y otros asuntos, prácticamente en todas las convocatorias de las becas de estudios. Incluso, ha habido antecedente de haber supuestamente tirado a la basura documentación con datos personales de una de las consejeria de este mismo gobierno.