Gracias ADD por tu respuesta, PEro me queda otra duda más: no sería una compra venta? No nos esta comprando nuestra parte el que se queda con la casa? No hay que pagar ningun impuesto de compra venta?
El hermano que renuncia a su parte está donando ésta desde el momento que renuncia; así que etá generando un Impuesto de Donaciones para los demás.
En cuanto a la adjudicación y, aplicando la lógica, pienso que al estar recibiendo cada uno de los hermanos (sin renuncia) su parte de la herencia, el Impuesto de Sucesines seguiría prescrito.
Mi padre falleció hace 19 años. Uno de mis hermanos quiere adjudicarse la casa y pagarnos a los demás nuestra parte en dinero. Otro hermano quiere renunciar a su parte. El hermano que quiere adjudicarse dice al que renuncia que no lo haga, que haga como que recibe el dinero porque le han dicho en Hacienda, que si hay una renuncia, como está prescrito, se paga impuesto y que si se adjudica todo a uno y éste paga a los demás su parte en dinero, el impuesto sigue estando prescrito y nadie paga. No entiendo nada, y no me fío mucho...
¿Es esto verdad? ¿alguien me puede explicar qué pasa?