Hola a todos,el dia 20 de este mes,se celebro en pleno del ayuntamiento la adjudicacion del plan parcial a una de las empresas que entro en concurso.El problema es que la empresa seleccionada,han sido tecnicos durante los dos ultimos años de este Ayuntamiento. Las bases para concursar fueron redactadas por uno de estos tecnicos.Estos tecnicos para optar a concursar habian pedido la excedencia al propio Ayuntamiento y han concursado como cualquier otra empresa.Se supone que la mesa de valoracion debe de estar los concejales de ambos partidos y los tecnicos que deberan valorar si cumple con los objetivos que las bases dicen.
Esto puede ser ilegal?¿Si hay impugnacion en que nos puede afectar?
La comunidad de vecinos tiene un convenio firmado con el Ayuntamiento ,en el cual el Ayuntamiento ejecuta la adjudicacion directa, o sea que es el ayuntamiento el que contrata la empresa adjudicataria.Pero nosotros nos hacemos( Comunidad ) cargo de pagarles al ayuntamiento mediante plazos el coste de la redaccion del Plan parcial. En caso de que empecemos con los pagos y se impugne ¿que pasaria con lo que hemos dado?
Podria la comunidad denunciar al Ayuntamiento si se demuestra que la adjudicacion ha sido ilegal. Como procederia el Ayuntamiento,pues al concurso se han presentado ofertas mas caras y mas baratas ¿que podria pasar?
Creo que los gobiernos autonómicos regulan por ley las causas de incompatibilidad.
Deberías detallar si se trata de la adjudicación de la formulación de un Plan Parcial, o si se adjudica la ejecución de la urbanización de un Plan Parcial a una empresa en la que presta sus servicios el anterior técnico municipal, según el caso, podrían incurrir en incompatibilidad dependiendo de la CCAA que se trate, creo.
se supone que la mesa está configurada de acuerdo con las bases, sin que sea necesaria la presencia de la oposición ... y, por lo general, una mesa así está compuesta por el alcalde, el concejal de urbanismo, un técnico municipal, si acaso algún (o algunos) urbanista de prestigio, un representante del colegio de arquitectos y el secretario o el abogado municipal
la convocatoria de una buena parte de los concursos nace con ganador conocido, y la verdad es que tiene su lógica, de manera que el concurso no pasa de ser la cobertura legal a una designación directa ... y la lógica está en que, de modo previo, se ha dado el visto bueno a una determinada propuesta, en que la mayoría de la mesa ya sabe lo que quiere ... porque eso es lo que quiere, esa propuesta y no otra
por supuesto que entre las presentadas cualquiera podría ver otra mejor, o igual de buena pero más barata, pero esa visión particular nada vale respecto a la opinión mayoritaria de la mesa, porque no cabe dudar de la legitimidad de su composición ... y la mesa, legítimamente, ha votado por la que consideraba más adecuada
La adjudicacion ,para desarrollar un plan parcial.
El caso es hay un vecino de la Junta que segun el Capitulo III de la Ley de procedimiento administrativo 30/92. Pues que segun esta Ley si que hay signos de ilegalidad en la adjudicacion.
El dice que ha presentado un recurso.
Nosotros tenemos que pagarle al Ayuntamiento,en comodos plazos jejej,dicho planeamiento...claro tenemos la duda hasta donde puede llegar esto.
Tenemos un abogado urbanista ,pero me gusta tener una segunda opinion sincera e imparcial.
Está claro que desconoces el terreno,mencionas la 30/92
pero no sabes lo detallistas que pueden llegar a ser, una cosa es la fachada y otra los rincones y te aseguro que los tienen llenos y no de cucarachas.
Frente al ayuntamiento la mejor carta se mide con el número de afectados que puedan unirse para plantarles cara, déjate de normas que sólo van bien para que el acuerdo final quede adornadito con su fundamentación y su lacito de canesú.
Podeis impugnar la adjudicación o presentar alegaciones, siempre que os considereis perjudicados con la opción tomada y teniendo en cuenta que no es otra cosa que eso, una impugnación, que probablemente será desestimada.
Debereis demostrar de forma fehaciente que esa adjudicación no es la más adecuada, para vuestros intereses y en su caso, los del municipio.