hombrecadiz,
a ver, cada cual hace lo que quiere con su vida y sus compromisos, pero si el pacto fue que le dabas una cantidad, debería darte igual el plazo que tienes para "escaquearte", deberíias ver la forma de conseguir el dinero para cumplir tu palabra.
Luego, lloramos cuando las mujeres incomprensiblemente se vuelven en nuestra contra, nos quejamos si no somos informados de todas las cosas de los niños, etc. Y NO JUSTIFICO LA ACTUACIO DE ELLAS, pero hay cosas que ayudan a tener una mala relación, como es esta.
Igual que seguro que tu quieres que ella cumpla su parte, la que sea, deberíamos cumplir todos la nuestra... no?
gracias 1996. Yo tenia mis dudas si eran 15 o 5. Aunque el articulo 518 lec establece un plazo maximo de 5 años para instar una ejecucion de sentencia que se puede contar o bien desde que se dicte o bien desde el vencimiento del plazo de 3 años que se me da, como lo ves, se puede aplicar en este caso, ya que ella tendria que hacerlo por ese procedimiento entiendo yo, de ejecuciion de sentencia
Buenas noches me gustaria que alguien me pudiese ayudar. Al separarme me adjudique la vivienda que habia sido el domicilio conyugal en propiedad, bueno en realidad era mia que la compre de soltero, el problema es que no estaba pagaada entera y por la parte que era ganancial mientras duro el matrimonio se establecio que yo le tenia que pagar a ella una cantidad de dinero en un plazo maximo de 3 años y el problema es que no he tenido el dinero para pagarselo. Ya han pasado esos tres años y no me lo ha reclamado, mi pregunta es si me lo puede reclamar aun aunque haya pasado ese plazo que se establecio y si esa deuda prescribe y que plazo tendria de prescripcion, gracias de antemano a todos los foreros