Para nada puede Vd. disponer a su antojo de la que es copropietaria al 50% salvo otra cuota, junto a su ex. Tendría Vd.para poder vender su parte, instar un procedimiento judicial ordinario solicitando la ACTIO CONMUNI DIVIDUNDO ( División de la Cosa Común ) teniendo la posibilidad cualquiera de los cónyuges de adquirir al otro su parte a precio de tasación de mercado, y en el supuesto de no poder ó no querer ó no llegar a un acuerdo, el inmueble puede salir a pública subasta repartiéndose ambos el precio obtenido de la misma.
Vd. ahora mismo tiene el DERECHO DE USO Y DISFRUTE de la vivienda, pero eso no le confiere ninguna otra potestad para disponer del inmueble a su antojo, porque es Vd. copropietaria junto a su ex. Y recuerde que él en cualquier momento puede solicitar la extinción del condominio , respetando siempre el derecho de uso.
¿Se le ha otorgado el domicilio conyugal, el pleno dominio o el uso?, si tiene el pleno dominio, por haberse liquidado la sociedad de gananciales, podrá usted hacer lo que le parezca con la vivienda, si se le ha otorgado el uso, no, únicamente podría disponer de su uso, nada más.
Hola muchas gracias por adelantado, mi pregunta es que habiendome otorgado el domicilio conyugal por sentencia firme en un proceso de divorcio, yo puedo alquilar y o vender el inmueble sin consentimiento de la otra parte siendo esta copropietaria del inmueble en cuestion.
Gracias