Estoy liquidando la sociedad de gananciales de una pareja separada judicialmente desde 1996.
Durante este tiempo, ella se ha encargado de pagar el 100% de la cuota hipotecaria sobre vivienda ganancial mientras que él abonó también el 100% de otros préstamos al consumo y también gananciales (2 coches, 1 moto, reformas en vivienda y muebles)....nunca se reclamaron nada hasta ahora, con los hijos mayores e independientes.
Lo satisfecho por ella (digamos 100.000) durante estos años excede a lo abonado por él (digamos 60.000) por lo que debo incluir AMBOS importes en el PASIVO de la sociedad pero.....¿opináis que la fórmula correcta es imputarle ese pasivo al 50% a cada uno con independencia de que pueda jugarse con ellos para compesar y equilibrar esa liquidación?.
Es decir, debo incluir dentro del PASIVO:
.- 100.000 € abonados por PEPA en concepto de cuotas hipotecarias sobre la vivienda xxxx por el periodo 1996-2010
.- 60.000 € abonados por PEPE en concepto de prestaMOS aaa-bbb-ccc
Y luego adjudicar el 50% de esos 100.000 y el 50% de los otros 60.000 a cada uno de ellos.
Lo que tienes ahi es una deuda de la sociedad ganancial con cada uno de los cónyuges por las aportaciones privativas que han hecho para satisfacer esas deudas.
En el activo incluyes todos los bienes valorados. En el pasivo, todas las deudas de la sociedad, incluidas las que tiene con los cónyuges por las aportaciones privativas realizadas (actualizadas), calculas los haberes y adjudicas a cada cónyuges bienes de activo y pasivo por su haber. Si hay exceso de adjudicación se compensa con dinero y finito.
Un saludo.